Materia del circular
Circular N° 10 del 20 de Febrero del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 10 del 20 de febrero de 2019 informa los nuevos límites máximos imponibles para efectos de cotizaciones previsionales vigentes desde el 1 de febrero de 2019, aclarando la aplicación de la información contenida en la Circular N° 5 de 2019. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, departamentos de remuneraciones, contadores a cargo de liquidaciones de sueldo, y trabajadores dependientes sujetos al sistema previsional que necesitan aplicar correctamente los topes de cotizaciones obligatorias. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen los nuevos topes imponibles previsionales? → Desde el 1 de febrero de 2019, aplicables a remuneraciones devengadas desde esa fecha. - ¿Qué circular anterior se complementa con esta instrucción? → La Circular N° 5 de 2019, cuyos criterios de aplicación son aclarados por esta nueva circular. - ¿Quiénes deben aplicar estos nuevos límites máximos? → Todos los empleadores al calcular cotizaciones previsionales de sus trabajadores dependientes. - ¿Qué ocurre con remuneraciones devengadas antes del 1 de febrero? → Se aplican los topes imponibles vigentes al momento del devengo, no los nuevos límites. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia estricta desde fecha de devengo:** los nuevos topes se aplican solo a remuneraciones devengadas desde el 1 de febrero de 2019, independiente de cuándo se paguen. - **Complementa instrucciones anteriores:** esta circular no reemplaza sino que aclara la aplicación de los criterios establecidos en la Circular N° 5 de 2019, requiriendo lectura conjunta. - **Impacto en declaraciones de febrero:** empleadores deben ajustar sus sistemas de remuneraciones antes de procesar las cotizaciones del mes de febrero para evitar declaraciones con montos incorrectos. - **Riesgo de aplicación retroactiva errónea:** algunos empleadores podrían intentar aplicar los nuevos topes a remuneraciones de enero pagadas en febrero, lo cual es incorrecto según el criterio de devengo. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga remuneraciones el día 5 de cada mes por el mes anterior. El 5 de febrero de 2019 paga sueldos de enero: debe aplicar los topes imponibles vigentes en enero. El 5 de marzo paga sueldos de febrero devengados desde el 1 de febrero: debe aplicar los nuevos topes informados en la Circular N° 10. Si un trabajador gana 2.500.000 mensuales y el nuevo tope imponible es inferior, solo se cotiza hasta ese límite máximo en las remuneraciones de febrero en adelante.
Resumen oficial SII
Informa nuevos límites máximos imponibles para efectos previsionales, vigentes a partir del 1° de febrero de 2019. Aclara aplicación de información contenida en Circular N° 5 de 2019.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu10.pdf