Circular N° 47 · OTROS · 11/12/2019

Valores UF oficiales diciembre 2019 a enero 2020 publicados por el SII

Materia del circular

Circular N° 47 del 11 de Diciembre del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 47 establece los valores oficiales de la Unidad de Fomento aplicables para todos los efectos tributarios y legales durante el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2019 y el 9 de enero de 2020. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes, empresas y profesionales que deben calcular impuestos, reajustes, multas, intereses o cumplir obligaciones contractuales expresadas en UF durante el período entre el 10 de diciembre de 2019 y el 9 de enero de 2020. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubren estos valores de UF? → Desde el 10 de diciembre de 2019 hasta el 9 de enero de 2020, ambos inclusive. - ¿Son estos valores vinculantes para efectos tributarios? → Sí, son los valores oficiales que deben usarse obligatoriamente para cálculos tributarios. - ¿Quién publica oficialmente los valores de UF? → El SII los publica mediante circulares basándose en los valores determinados por el Banco Central. - ¿Qué operaciones requieren usar estos valores oficiales? → Cálculo de impuestos, reajustes tributarios, multas, intereses y cualquier obligación en UF. **Lo que debes tener claro:** - **Uso obligatorio para efectos tributarios:** estos valores son vinculantes para declaraciones de impuestos, cálculo de PPM, correcciones monetarias y cualquier reajuste bajo normativa tributaria vigente en el período indicado. - **Base para contratos y obligaciones civiles:** aunque el SII los publica para efectos tributarios, estos mismos valores UF rigen para contratos de arriendo, compraventa, créditos hipotecarios y cualquier obligación expresada en esta unidad de reajuste. - **Período de transición anual crítico:** este período cubre el cierre del año tributario 2019 y el inicio de 2020, afectando declaraciones anuales, provisionales y ajustes de fin de ejercicio que muchas empresas realizan en estas fechas. - **Riesgo de usar valores incorrectos:** utilizar valores UF no oficiales o de fuentes distintas al SII puede generar diferencias en declaraciones tributarias, potencialmente derivando en diferencias de impuestos, intereses o multas por declaraciones incorrectas. **Ejemplo práctico:** Una empresa debe calcular su PPM de diciembre 2019 pagadero en enero 2020, sobre una base imponible de 1.500 UF. Si la declaración se presenta el 15 de diciembre de 2019, debe usar el valor UF oficial de ese día publicado en esta Circular. Si el valor UF del 15/12/2019 fuera 28.309,63 pesos, el PPM sería 1.500 UF × 28.309,63 = 42.464.445 pesos. Usar un valor diferente, aunque sea de otra fuente confiable, invalidaría técnicamente la declaración para efectos del SII.

Resumen oficial SII

Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de diciembre de 2019 y el 9 de enero de 2020, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2019/circu47.pdf