Oficio N° 1498 · OTROS · 29/05/2019

Regalías musicales a UK: convenio reduce retención a 5% o 10%

Materia del oficio

Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal con relación a los Impuestos a la Renta y sobre las Ganancias de Capital – Art. 12, letra b) – Ley de la Renta, Art. 59 – Circular N° 57, de 2009.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las regalías pagadas desde Chile a beneficiarios del Reino Unido por derechos de autor de composiciones musicales quedan sujetas a retención reducida del 5% (si el beneficiario es el autor) o 10% (otros casos) según el Convenio Chile-UK, en lugar del 15% o 30% que aplicaría la ley interna. **¿A quién le importa esto?** Empresas chilenas que pagan regalías a compositores, editoriales musicales o titulares de derechos en Reino Unido; agentes retenedores que deben aplicar tasas de convenio; asesores tributarios que gestionan remesas al exterior por uso de obras musicales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tasa de retención aplica a regalías musicales pagadas a autores del Reino Unido? → 5% según artículo 12(2)(b) del Convenio Chile-UK, si el beneficiario efectivo es el autor. - ¿Y si el beneficiario no es el autor sino una editorial o cesionario? → 10% según artículo 12(2)(a) del Convenio, aplicable a otros beneficiarios efectivos. - ¿Qué documentación debe acreditar el beneficiario británico? → Certificado de residencia fiscal emitido por HMRC y declaración de beneficiario efectivo de las regalías. - ¿Qué pasa si no se acredita residencia en UK? → Se aplica la tasa general chilena: 15% o 30% según artículo 59 Ley de la Renta. **Lo que debes tener claro:** - **Distinción crítica entre autor y cesionario:** la tasa del 5% solo beneficia al compositor original; si los derechos fueron cedidos a una editorial o tercero, aplica el 10% aunque el cesionario resida en UK. - **Certificado de residencia obligatorio:** sin el certificado vigente emitido por HMRC (Her Majesty's Revenue and Customs), el agente retenedor chileno debe aplicar la tasa interna más alta, exponiendo al pagador a reclamos del beneficiario. - **Alcance del concepto de regalías:** el convenio cubre pagos por uso o concesión de derechos de autor sobre obras literarias, artísticas o científicas, incluyendo películas cinematográficas y software; no cubre servicios técnicos ni asistencia. - **Convenio prevalece sobre ley interna:** aunque el artículo 59 de la LIR establece tasas del 15% o 30%, el Convenio Chile-UK tiene jerarquía superior y sus tasas reducidas aplican automáticamente si se cumplen los requisitos de residencia y beneficiario efectivo. **Ejemplo práctico:** Una productora chilena paga 10.000.000 de pesos anuales a un compositor británico por uso de su banda sonora original. Si el compositor acredita residencia en UK y es el beneficiario efectivo, la retención es 500.000 pesos (5%). Si esos mismos derechos fueron cedidos a una editorial londinense que acredita residencia, la retención sube a 1.000.000 (10%). Si no se presenta certificado de residencia HMRC, la retención sería 1.500.000 (15%) o hasta 3.000.000 (30%) según el tipo de regalía bajo ley chilena interna.

Resumen oficial SII

Regalías por concepto de composiciones musicales y aplicación del Artículo 12 del Convenio suscrito entre Chile y Reino Unido para Evitar la Doble Imposición con Relación a los Impuestos a la Renta y al Patrimonio.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=6889d18a-8efd-4633-b5db-ff66ebe4db0e&nombreDocumento=1498-2019+GE+99611.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf