Oficio N° 2670 · RENTA · 22/10/2019

Expatriados con menos de 3 años en Chile tributan solo por rentas chilenas

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 3, art. 10 y art. 11

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Los extranjeros que se establezcan en Chile tributan exclusivamente por sus rentas de fuente chilena durante sus primeros tres años de residencia, quedando exentos de declarar e incluir en su base imponible las rentas generadas en el extranjero durante ese período. **¿A quién le importa esto?** Ciudadanos extranjeros que se trasladan a Chile por motivos laborales o personales, particularmente profesionales expatriados que mantienen inversiones, propiedades o fuentes de ingreso en sus países de origen o en terceros países durante sus primeros años en territorio chileno. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Debe un extranjero con menos de 3 años en Chile declarar rentas de fuente extranjera? → No, solo tributa por rentas de fuente chilena durante ese período. - ¿Qué ocurre si tiene rentas en Francia estando como expatriado en Chile? → Esas rentas extranjeras no se incluyen en su base imponible chilena durante los primeros 3 años. - ¿Cuándo comienza a tributar por renta mundial? → Desde el primer día del cuarto año calendario de residencia en Chile. - ¿Importa la nacionalidad del expatriado para esta regla? → No, aplica para cualquier extranjero sin importar su nacionalidad de origen. **Lo que debes tener claro:** - **Ventana de tres años calendario completos:** el beneficio no opera por 36 meses corridos sino por tres años tributarios, por lo que ingresar en diciembre del año 1 permite aprovechar casi cuatro años calendario sin tributar renta mundial. - **Fuente chilena sí tributa desde el día uno:** aunque las rentas extranjeras están exentas, cualquier ingreso generado en Chile (sueldos, honorarios, arriendos de propiedades chilenas) tributa inmediatamente sin período de gracia. - **Cambio automático al cuarto año:** no existe trámite ni notificación: desde enero del cuarto año calendario el contribuyente pasa al régimen de renta mundial y debe declarar todos sus ingresos globales, incluyendo créditos por impuestos pagados en el exterior. - **Riesgo de perder el beneficio anticipadamente:** si el SII determina que el contribuyente tenía domicilio en Chile antes del período declarado como inicio de residencia, puede reclasificarlo y exigir tributación retroactiva por renta mundial. **Ejemplo práctico:** Un ciudadano español se traslada a Chile en marzo de 2020 para trabajar como gerente en una empresa local con sueldo mensual de 5.000.000 de pesos. Además, mantiene un departamento arrendado en París que genera 2.000 euros mensuales. Durante 2020, 2021 y 2022 debe declarar y pagar impuestos solo sobre su sueldo chileno (fuente chilena), sin incluir los arriendos franceses en su base imponible. Desde enero de 2023 (cuarto año calendario) debe declarar tanto su sueldo chileno como sus arriendos de París, pudiendo descontar como crédito los impuestos pagados en Francia según convenio para evitar doble tributación.

Resumen oficial SII

Cómo declarar renta generada en Francia, de ciudadano español expatriado en Chile con menos de 3 años de residencia en el país.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=b4b81926-3c1a-43a4-a591-40727347fc96&nombreDocumento=2670-22_10_2019.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf