Resolución Exenta N° 04 · OTROS · 16/01/2019

SII y SBIF pueden compartir información tributaria y financiera directamente

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 04 del 16 de Enero del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Se aprueba un convenio que permite al SII y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras intercambiar información de contribuyentes y entidades fiscalizadas de forma directa, sin necesidad de solicitudes caso a caso, para mejorar la fiscalización tributaria y financiera. **¿A quién le importa esto?** Bancos, instituciones financieras, sus clientes (personas y empresas) sujetos a fiscalización tributaria, contadores que asesoran a entidades del sistema financiero, y contribuyentes con operaciones bancarias relevantes para el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir el SII con la SBIF? → Datos tributarios de contribuyentes fiscalizados por la SBIF, incluyendo declaraciones, giros y antecedentes de cumplimiento. - ¿Qué información puede compartir la SBIF con el SII? → Información financiera de bancos e instituciones, y datos de sus clientes relevantes para fiscalización tributaria. - ¿Se requiere autorización previa para cada intercambio? → No, el convenio establece un marco permanente sin necesidad de solicitudes individuales. - ¿Qué objetivo persigue este convenio? → Fortalecer la fiscalización cruzada entre ambas entidades y detectar incumplimientos tributarios y financieros. **Lo que debes tener claro:** - **Intercambio bidireccional y automático:** ambas instituciones pueden solicitar y entregar información sin trámites adicionales, acelerando procesos de fiscalización y cruces de datos. - **Alcance sobre clientes bancarios:** el SII puede acceder a información de operaciones financieras de contribuyentes sin que estos sean notificados previamente del intercambio. - **Base legal en secreto tributario y bancario:** el convenio se ampara en excepciones legales al secreto, permitiendo compartir datos sensibles entre entidades públicas para fines de fiscalización. - **Implicancia para auditorías tributarias:** contribuyentes con movimientos financieros inconsistentes con sus declaraciones enfrentan mayor riesgo de detección, ya que el SII cruza automáticamente datos SBIF con información tributaria. **Ejemplo práctico:** Una empresa declara ventas anuales por 120.000.000 de pesos, pero la SBIF informa al SII que sus depósitos bancarios suman 280.000.000 en el mismo período. Gracias al convenio, el SII cruza automáticamente ambos datos sin solicitar autorización caso a caso, detecta la inconsistencia y cita a la empresa a explicar la diferencia. Si el contribuyente no acredita que los depósitos provienen de fuentes no tributables (como préstamos documentados), el SII puede tasar ventas omitidas y aplicar sanciones por subdeclaración.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio de Impuestos Internos y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso4.pdf