Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 114 del 11 de Octubre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El modelo de contabilidad electrónica no opera por inscripción automática: cada contribuyente debe ser autorizado expresamente mediante resolución exenta del SII, como la N°114 de 2019. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que desean adoptar el sistema de contabilidad electrónica del SII, especialmente empresas medianas y grandes que buscan digitalizar su gestión contable y necesitan claridad sobre el proceso de habilitación. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cómo accedo al modelo de contabilidad electrónica del SII? → Mediante autorización expresa del SII emitida por resolución exenta individual. - ¿Puedo empezar a usar contabilidad electrónica sin autorización? → No, debes esperar la resolución que te autorice específicamente. - ¿La autorización es automática al solicitarla? → No, el SII evalúa caso a caso y emite resolución expresa cuando procede. - ¿Qué tipo de acto administrativo habilita la contabilidad electrónica? → Una resolución exenta que individualiza al contribuyente autorizado. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y expresa:** no existe habilitación masiva ni automática; cada contribuyente recibe una resolución exenta específica que lo autoriza a operar bajo este modelo. - **No confundir con facturación electrónica:** mientras la facturación electrónica tiene inscripción automática para ciertos segmentos, la contabilidad electrónica requiere autorización discrecional del SII. - **Fecha de inicio condicionada:** el contribuyente solo puede comenzar a llevar su contabilidad bajo este modelo desde la fecha de notificación de su resolución, no antes. - **Riesgo de implementación anticipada:** operar con contabilidad electrónica sin la resolución vigente podría generar observaciones sobre el cumplimiento de obligaciones de registro y respaldo contable formal. **Ejemplo práctico:** Una empresa de retail solicita en septiembre de 2019 adherir al modelo de contabilidad electrónica del SII. Aunque implementa internamente el sistema técnico, no puede usarlo formalmente hasta recibir su resolución exenta . El 11 de octubre de 2019, el SII le notifica la Resolución Exenta N°114 que la autoriza expresamente. Recién desde esa fecha puede llevar su contabilidad oficial bajo el modelo electrónico; los registros de septiembre deben mantenerse en el formato tradicional autorizado previamente.
Resumen oficial SII
Autoriza a proceder conforme al modelo de operación de contabilidad electrónica a los contribuyentes que señala.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso114.pdf