Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 124 del 11 de Noviembre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N°124 establece un marco de condonación de intereses penales y multas infraccionales para contribuyentes que cumplan requisitos determinados, permitiendo regularizar situaciones tributarias bajo condiciones y plazos específicos vigentes desde noviembre de 2019. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas con deudas tributarias pendientes que incluyan intereses penales y/o multas infraccionales, particularmente aquellos que buscan regularizar su situación tributaria mediante mecanismos de condonación establecidos por el SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué componentes de la deuda tributaria pueden ser condonados? → Intereses penales y multas infraccionales, no el impuesto base adeudado. - ¿Desde cuándo rige esta facultad de condonación? → Desde el 11 de noviembre de 2019, según Resolución Exenta N°124. - ¿La condonación es automática para todos los contribuyentes? → No, debe cumplirse con requisitos específicos establecidos en la resolución. - ¿Qué pasa con el impuesto principal en estos casos? → Debe pagarse íntegramente; solo se condonan los accesorios (intereses y multas). **Lo que debes tener claro:** - **Solo accesorios son condonables:** la resolución permite condonar intereses penales y multas infraccionales, pero el impuesto principal debe pagarse completamente sin excepción. - **Requisitos de elegibilidad específicos:** no todos los contribuyentes califican automáticamente; existen condiciones relacionadas con el tipo de deuda, antigüedad y situación del contribuyente que deben verificarse. - **Beneficio acotado temporalmente:** aunque la resolución rige desde 2019, típicamente estos beneficios tienen plazos de acogimiento o ventanas de aplicación que el contribuyente debe considerar. - **Riesgo de interpretación errada:** algunos contribuyentes asumen que condonación significa eliminación total de la deuda, cuando en realidad solo aplica a componentes accesorios manteniendo la obligación del impuesto base. **Ejemplo práctico:** Una empresa adeuda 10.000.000 de pesos en IVA más 2.500.000 en intereses penales y 1.200.000 en multas infraccionales, totalizando 13.700.000 de pesos. Al acogerse a la Resolución 124 y cumplir los requisitos establecidos, puede obtener condonación de los 3.700.000 pesos en intereses y multas, pero debe pagar íntegramente los 10.000.000 del impuesto base . Si la empresa malinterpreta el beneficio y solo paga 7.000.000 pensando en condonación total, mantiene una deuda de 3.000.000 que generará nuevos intereses.
Resumen oficial SII
Otorga condonación sobre los intereses y/o multas infraccionales en los casos que se señalan.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso124.pdf