Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 129 del 20 de Noviembre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 129 aprueba el convenio que permite al SII y SENCE compartir automáticamente información tributaria, laboral y de capacitación para fiscalizar el uso de franquicias, validar contribuyentes y detectar inconsistencias entre declaraciones de renta y registros laborales. **¿A quién le importa esto?** Empresas que utilizan la franquicia tributaria de capacitación, Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC), trabajadores que declaran renta y reciben capacitación financiada por SENCE, y contribuyentes con obligaciones tributarias cruzadas con información laboral. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tipo de información intercambian SII y SENCE? → Datos tributarios, laborales, de capacitación, franquicias utilizadas, y validación de contribuyentes y trabajadores. - ¿El intercambio es a solicitud o automático? → Ambos: existe intercambio automático periódico y también solicitudes específicas según necesidades de fiscalización. - ¿Afecta el secreto tributario este convenio? → No, el convenio opera dentro del marco legal que autoriza el intercambio entre servicios públicos para fiscalización. - ¿Desde cuándo rige el intercambio de información? → Desde la suscripción del convenio aprobado por esta resolución (noviembre 2019). **Lo que debes tener claro:** - **Fiscalización cruzada de franquicia tributaria:** las empresas que declaran gastos de capacitación con franquicia SENCE quedan sujetas a validación automática entre lo informado al SII y los registros de SENCE, detectando inconsistencias entre montos rebajados y capacitaciones efectivamente realizadas. - **Validación de contribuyentes y trabajadores:** SENCE puede verificar instantáneamente la situación tributaria de empresas y OTEC, mientras el SII puede cruzar declaraciones de renta de trabajadores con sus registros de capacitación y empleo. - **Impacto en auditorías y requerimientos:** ambos servicios pueden fundamentar citaciones, liquidaciones y sanciones con información compartida, aumentando la precisión de fiscalizaciones sin necesidad de requerir documentación al contribuyente. - **Riesgo para inconsistencias históricas:** contribuyentes con discrepancias entre lo declarado tributariamente y sus registros laborales o de capacitación en años anteriores pueden ser detectados retroactivamente mediante cruces de bases de datos. **Ejemplo práctico:** Una empresa declaró en su renta 2018 un gasto de 12.000.000 de pesos por capacitación acogida a franquicia tributaria SENCE. El SII, mediante el convenio, consulta automáticamente a SENCE y detecta que solo se ejecutaron cursos por 8.500.000 pesos según registros del organismo. La diferencia de 3.500.000 pesos genera una citación del SII para que la empresa justifique el exceso declarado, que puede derivar en rechazo del gasto, impuestos adeudados más intereses y multas por declaración inexacta.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Servicio Nacional de Capacitación y Empleo y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso129.pdf