Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 141 del 26 de Diciembre del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 141 establece el cambio de sujeto del IVA en las ventas de ganado vivo, de modo que el impuesto debe ser declarado y pagado por el comprador (normalmente frigoríficos o plantas faenadoras), liberando al vendedor (productor ganadero) de esta obligación tributaria. **¿A quién le importa esto?** Productores ganaderos que venden ganado vivo, frigoríficos, plantas faenadoras y empresas comercializadoras de ganado que actúan como compradores, así como contadores que asesoran a estas empresas en el cumplimiento del IVA. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Quién debe declarar y pagar el IVA en la venta de ganado vivo? → El comprador del ganado (frigorífico o planta faenadora), no el vendedor ganadero. - ¿Qué obligación queda liberada para el productor ganadero? → Ya no debe declarar ni pagar el IVA por la venta de ganado vivo que realiza. - ¿Qué resolución anterior quedó sin efecto? → La Resolución Exenta N° 3.721 del 28 de julio de 2000. - ¿Desde cuándo rige este cambio de sujeto del IVA? → Desde el 26 de diciembre de 2019, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 141. **Lo que debes tener claro:** - **Cambio de responsable tributario:** el mecanismo traslada la obligación de declarar y pagar IVA desde el vendedor (ganadero) hacia el comprador (frigorífico), simplificando la fiscalización y concentrando el control en menos agentes económicos. - **No afecta la tasa ni la base imponible:** el IVA se sigue calculando sobre el valor de venta del ganado vivo; solo cambia quién lo declara y paga al SII, no la cantidad de impuesto ni su aplicación. - **Impacto en emisión de documentos:** el vendedor ganadero debe emitir factura sin IVA o con referencia al cambio de sujeto, mientras que el comprador debe registrar el IVA como débito y crédito simultáneamente en su declaración mensual. - **Riesgo de confusión transitoria:** ganaderos que operen bajo la resolución anterior pueden seguir declarando IVA erróneamente si no actualizan sus procedimientos, generando contingencias por doble tributación o diferencias de fiscalización. **Ejemplo práctico:** Un productor ganadero vende 50 cabezas de ganado vacuno a un frigorífico por un valor total de 15.000.000 de pesos . Bajo la Resolución Exenta N° 141, el ganadero emite factura exenta o sin IVA por esos 15 millones, sin declarar ni pagar impuesto. El frigorífico, por su parte, debe registrar 2.850.000 de pesos de IVA débito fiscal (19% sobre 15 millones) en su declaración mensual, y simultáneamente puede usar ese mismo monto como crédito si cumple los requisitos, neutralizando el impacto en su flujo pero asumiendo la responsabilidad tributaria ante el SII.
Resumen oficial SII
Dispone cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de ganado vivo. Deja sin efecto resolución Exenta N° 3.721, de 28 de julio de 2000.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso141.pdf