Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 22 del 08 de Febrero del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII puede autorizar excepcionalmente a empresas de leasing automotriz la emisión de facturas en operaciones que normalmente requieren boleta, cuando el destinatario es consumidor final pero la naturaleza del contrato justifica documentación más completa. **¿A quién le importa esto?** Empresas de leasing automotriz y financiero que celebran contratos con personas naturales o jurídicas que actúan como consumidores finales, especialmente cuando los montos son elevados o requieren registro detallado de cuotas y condiciones contractuales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden las empresas de leasing emitir facturas en vez de boletas? → Sí, pero solo mediante autorización excepcional del SII solicitada caso a caso. - ¿Qué operaciones califican para esta excepción? → Operaciones de leasing automotriz donde el cliente es consumidor final pero la complejidad contractual justifica facturación. - ¿La autorización es automática o discrecional? → Es discrecional: el SII evalúa cada solicitud según características de la operación. - ¿Qué documento se emite normalmente en leasing a consumidor final? → Boleta, ya que el destinatario no usa el bien para generar rentas empresariales con derecho a crédito fiscal. **Lo que debes tener claro:** - **La regla general sigue vigente:** las operaciones con consumidores finales requieren boleta, no factura; esta resolución solo autoriza excepciones específicas previa solicitud. - **No es un derecho automático del contribuyente:** cada empresa de leasing debe solicitar la autorización al SII y demostrar que la naturaleza de sus operaciones justifica emitir facturas en lugar de boletas. - **Implicancia para el arrendatario:** aunque reciba factura, el consumidor final no puede usar el IVA como crédito fiscal si no está en un giro que genere operaciones afectas; la factura solo formaliza mejor el contrato. - **Riesgo de emisión sin autorización:** emitir facturas a consumidores finales sin contar con resolución exenta del SII constituye incumplimiento de obligaciones formales, expuesto a multas del artículo 97 N°10 del Código Tributario. **Ejemplo práctico:** Una empresa de leasing automotriz celebra contratos con personas naturales para arrendar vehículos por 36 meses, con cuotas mensuales de 350.000 pesos más IVA. Normalmente debería emitir boletas, pero solicita al SII autorización excepcional para emitir facturas porque sus sistemas contables y los contratos requieren detallar cada cuota, intereses, seguros y opciones de compra de forma más completa. El SII evalúa la solicitud y, mediante esta Resolución Exenta N°22, autoriza a esa empresa específica a emitir facturas en dichas operaciones, facilitando la trazabilidad contractual sin alterar la carga tributaria del arrendatario consumidor final.
Resumen oficial SII
Autoriza la emisión excepcional de facturas por operaciones de leasing automotriz a contribuyente que indica.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso22.pdf