Resolución Exenta N° 30 · OTROS · 20/02/2019

Empresas pueden reemplazar boletas en papel por electrónicas con autorización previa del SII

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 30 del 20 de Febrero del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII puede autorizar mediante resolución exenta que empresas cumplan su obligación de entregar boletas en papel mediante el envío de boletas electrónicas, estableciendo condiciones específicas para cada caso. **¿A quién le importa esto?** Empresas emisoras de boletas que buscan digitalizar completamente su relación con clientes finales, especialmente aquellas con alto volumen de transacciones o modelos de negocio digitales donde la entrega física de documentos representa ineficiencias operativas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Se puede reemplazar totalmente la boleta en papel por electrónica? → Sí, pero solo con autorización expresa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué tipo de documento emite el SII para autorizar este reemplazo? → Una resolución exenta específica para cada contribuyente solicitante. - ¿La autorización es automática al emitir boletas electrónicas? → No, requiere solicitud y aprobación caso a caso con condiciones particulares. - ¿Qué determina el SII en cada autorización? → La forma y condiciones específicas en que se debe realizar el envío electrónico. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización caso a caso, no automática:** el simple hecho de estar habilitado para emitir boletas electrónicas no faculta para dejar de entregar papel; se requiere trámite y aprobación específica del SII. - **El SII define condiciones particulares:** cada resolución establece requisitos específicos sobre modalidad de envío, resguardos técnicos y obligaciones del contribuyente, que pueden variar según el modelo de negocio. - **Diferencia con factura electrónica:** mientras las facturas electrónicas reemplazan automáticamente a las de papel una vez autorizado el sistema, las boletas requieren este proceso adicional para eliminar la entrega física. - **Riesgo de incumplimiento sin autorización:** enviar solo boletas electrónicas sin resolución exenta vigente constituye incumplimiento de la obligación de entrega de documentos tributarios, incluso si el receptor las acepta. **Ejemplo práctico:** Una empresa de servicios digitales emite 15.000 boletas electrónicas mensuales a clientes que contratan por internet. Actualmente debe ofrecer envío de boleta física si el cliente la solicita. La empresa solicita al SII autorización para cumplir la obligación solo mediante envío electrónico. El SII evalúa su sistema, verifica que garantiza recepción efectiva y emite Resolución Exenta autorizando el reemplazo , condicionado a que mantenga registro de envíos exitosos y ofrezca mecanismo de recuperación para clientes. Sin esta resolución, la empresa debe mantener capacidad de entrega física.

Resumen oficial SII

Autoriza a la SOCIEDAD COMERCIAL ECCSA S.A. para cumplir la obligación de entregar boletas en papel mediante el envío de boletas electrónicas en la forma y condiciones que indica.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso30.pdf