Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 40 del 29 de Marzo del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 40 deroga las normas de 2012 sobre intercambio de información entre AFP, SII y Tesorería respecto a cotizaciones de trabajadores independientes, reemplazándolas con el Título XIV del Compendio de Normas de la Superintendencia de Pensiones, que centraliza y actualiza el procedimiento de intercambio de datos. **¿A quién le importa esto?** Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), unidades del SII que procesan información previsional, la Tesorería General de la República, y trabajadores independientes que cotizan o deben cotizar en el sistema previsional, particularmente aquellos que emiten boletas de honorarios y están sujetos a retención obligatoria del 10% para pensiones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué normas quedan derogadas por esta resolución? → La Resolución Exenta SII N° 9 de 2012 y la Circular Normativa N° 2 de la Tesorería General de la República, ambas sobre intercambio de información de cotizaciones de independientes. - ¿Qué reemplaza a las normas derogadas? → El Título XIV del Libro II del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones. - ¿A qué tipo de trabajadores afecta este cambio normativo? → A trabajadores independientes obligados a cotizar, principalmente quienes emiten boletas de honorarios sujetas a retención del 10% para AFP. - ¿Desde qué fecha rige el nuevo marco de intercambio de información? → Desde el 29 de marzo de 2019, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 40. **Lo que debes tener claro:** - **Centralización normativa en la Superintendencia de Pensiones:** el intercambio de información entre AFP, SII y Tesorería ahora se rige íntegramente por el Compendio de la Superintendencia, eliminando duplicidades y posibles contradicciones entre resoluciones de distintos servicios. - **No cambia la obligación de cotizar, solo el procedimiento administrativo:** los trabajadores independientes siguen obligados a cotizar el 10% de sus rentas por boletas de honorarios, pero el flujo de datos entre instituciones ahora opera bajo un protocolo único actualizado. - **Impacto en sistemas informáticos de las AFP:** las administradoras deben ajustar sus plataformas de recepción y envío de información para cumplir con los formatos y plazos establecidos en el nuevo Título XIV, lo que puede generar ajustes transitorios en marzo-abril 2019. - **Riesgo de confusión con normas obsoletas:** contribuyentes y asesores que consulten normativa anterior a marzo 2019 pueden encontrar referencias a la Resolución N° 9/2012 ya derogada, generando errores si no verifican la vigencia del Compendio actualizado de la Superintendencia. **Ejemplo práctico:** Una AFP recibe en abril de 2019 información del SII sobre retenciones del 10% aplicadas a un trabajador independiente que emitió boletas por 8.000.000 de pesos en el mes anterior (retención de 800.000 pesos). Antes de la Resolución N° 40, la AFP procesaba estos datos según la Resolución Exenta SII N° 9/2012; desde el 29 de marzo de 2019, debe aplicar exclusivamente los formatos, plazos y procedimientos del Título XIV del Compendio de Pensiones. Si la AFP sigue usando protocolos de 2012, puede incumplir los nuevos estándares de intercambio y generar inconsistencias en el registro de cotizaciones del trabajador.
Resumen oficial SII
Reemplázase el Título XIV, del Libro II, del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones, y deróganse la Resolución Ex. SII N° 9, de 2012, del Servicio de Impuestos Internos y la Circular Normativa N° 2 de la Tesorería General de la República, que establecen regulaciones comunes en relación al intercambio de información entre las Administradoras de Fondos de Pensiones, el Servicio de Impuestos Internos y la Tesorería General de la República, referidas a la obligación de cotizar de los trabajadores independientes.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso40.pdf