Resolución Exenta N° 69 · OTROS · 03/06/2019

Empresas pueden reemplazar boletas en papel por electrónicas con autorización del SII

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 69 del 03 de Junio del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII puede autorizar a empresas a cumplir su obligación de entregar boletas en papel mediante el envío de boletas electrónicas, sujeto a condiciones operativas y tecnológicas que garanticen la recepción por parte de los clientes. **¿A quién le importa esto?** Empresas emisoras de boletas que desean digitalizar completamente su proceso de facturación eliminando el papel, particularmente retail, servicios masivos y comercio electrónico que ya operan con sistemas de envío digital a clientes. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Puede una empresa dejar de emitir boletas en papel completamente? → Sí, con autorización expresa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué reemplaza a la boleta física en este esquema? → La boleta electrónica enviada al cliente por medios digitales autorizados. - ¿Quién define las condiciones para operar sin papel? → El SII establece forma y condiciones en cada resolución de autorización. - ¿Esta autorización es automática para cualquier contribuyente? → No, requiere solicitud y evaluación caso a caso por el servicio. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y discrecional:** cada empresa debe solicitar y obtener resolución específica del SII; no existe un régimen general automático para reemplazar papel por electrónico. - **Condiciones de entrega obligatorias:** el SII exige garantías de que el cliente efectivamente recibirá la boleta electrónica (email válido, plataforma de envío, confirmación de recepción según el caso). - **Diferencia con boleta electrónica estándar:** normalmente la boleta electrónica coexiste con la opción de papel; esta autorización permite eliminar completamente el soporte físico. - **Riesgo de fiscalización si no se cumple:** operar sin papel sin autorización o incumplir las condiciones aprobadas expone a multas por no entrega de documentos tributarios al cliente. **Ejemplo práctico:** Una cadena de supermercados solicita al SII autorización para dejar de imprimir boletas en caja y enviar solo boletas electrónicas. El SII autoriza mediante resolución exenta, condicionando a que cada cliente registre su email en el programa de fidelización y confirme recepción digital. A partir de la fecha de la resolución, el supermercado solo envía boletas electrónicas a los 850.000 clientes registrados; quienes no tienen email registrado aún reciben boleta en papel hasta completar el registro, evitando infracciones por no entrega.

Resumen oficial SII

Autoriza a la SOCIEDAD SUPER 10 S.A. para cumplir la obligación de entregar boletas en papel mediante el envío de boletas electrónicas en la forma y condiciones que indica.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso69.pdf