Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 71 del 04 de Junio del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII autoriza a la Subsecretaría de Defensa como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos, permitiéndole recibir facturas, notas y otros DTE en formato digital de parte de sus proveedores. **¿A quién le importa esto?** Proveedores del Estado que emiten documentos tributarios electrónicos a la Subsecretaría de Defensa, empresas contratistas del sector defensa, y entidades públicas que gestionan procesos de facturación electrónica con organismos gubernamentales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué tipo de autorización recibe la Subsecretaría de Defensa? → Autorización como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos (DTE). - ¿Qué documentos puede recibir electrónicamente? → Facturas, notas de crédito, notas de débito y otros DTE emitidos por proveedores. - ¿Desde cuándo rige esta autorización? → Desde el 04 de junio de 2019, fecha de la resolución exenta. - ¿Qué implica para los proveedores de la Subsecretaría? → Pueden y deben enviar sus DTE directamente al sistema electrónico del organismo. **Lo que debes tener claro:** - **Validez de documentos electrónicos:** los proveedores que emiten DTE a la Subsecretaría de Defensa cumplen plenamente sus obligaciones tributarias sin necesidad de documentos en papel. - **Requisito de sistema compatible:** la Subsecretaría debe mantener una plataforma tecnológica capaz de recibir, procesar y almacenar DTE según estándares del SII. - **Diferencia con receptores no autorizados:** organismos públicos sin esta autorización no pueden exigir DTE a sus proveedores ni recibirlos formalmente por vía electrónica. - **Obligación de conservación:** tanto el emisor como la Subsecretaría deben mantener respaldos electrónicos de los DTE por el plazo legal de prescripción tributaria (3 o 6 años según el caso). **Ejemplo práctico:** Una empresa de servicios de mantenimiento emite una factura electrónica por 15.000.000 de pesos a la Subsecretaría de Defensa por servicios prestados en instalaciones militares. Desde el 04 de junio de 2019, esta factura se envía directamente al sistema electrónico de la Subsecretaría, que la recibe, valida y registra automáticamente. Sin esta autorización, la empresa habría tenido que entregar documentos en papel o usar canales alternativos no oficiales.
Resumen oficial SII
Autoriza como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a la SUBSECRETARíA DE DEFENSA.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso71.pdf