Resolución Exenta N° 72 · OTROS · 04/06/2019

SII y ANI amplían intercambio de información sin afectar secreto tributario

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 72 del 04 de Junio del 2019

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 72 aprueba un adendum al convenio entre el SII y la Agencia Nacional de Inteligencia que actualiza los mecanismos de intercambio de información tributaria para fines de inteligencia, manteniendo las restricciones del secreto tributario y sin modificar las facultades legales existentes. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes sujetos a investigaciones de inteligencia fiscal, profesionales tributarios que asesoran en casos de fiscalización compleja, y empresas con operaciones que puedan ser objeto de análisis de riesgo por parte de organismos de inteligencia del Estado. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución? → Aprueba un adendum que actualiza el convenio de colaboración entre SII y ANI para intercambio de información tributaria. - ¿Se eliminan las restricciones del secreto tributario? → No, el intercambio opera dentro del marco legal vigente que protege el secreto tributario según el Código Tributario. - ¿Qué tipo de información puede compartirse? → Información tributaria relevante para fines de inteligencia del Estado, según lo permiten las facultades legales de ambas instituciones. - ¿Los contribuyentes son notificados del intercambio? → No, el intercambio ocurre en el marco de investigaciones de inteligencia que por su naturaleza son reservadas. **Lo que debes tener claro:** - **El secreto tributario se mantiene:** el adendum no crea excepciones nuevas a las normas del artículo 35 del Código Tributario, solo formaliza procedimientos de coordinación entre organismos del Estado. - **Aplica a casos de inteligencia específicos:** el intercambio no es masivo ni automático, sino que opera en situaciones donde exista un interés legítimo de seguridad o investigación de delitos complejos. - **Sin ampliación de facultades fiscalizadoras:** esta resolución no otorga nuevas atribuciones al SII para auditar contribuyentes, solo mejora la coordinación institucional dentro de las potestades existentes. - **Riesgo de mayor exposición en fiscalizaciones complejas:** contribuyentes involucrados en operaciones de alto riesgo o con componentes internacionales pueden enfrentar mayor coordinación entre organismos del Estado sin saberlo. **Ejemplo práctico:** Una empresa importadora de electrónica mantiene operaciones con proveedores en zonas de riesgo tributario. La ANI, en el marco de una investigación de inteligencia económica, solicita al SII información sobre declaraciones de importación y pagos de IVA de los últimos tres años. El SII entrega la información bajo el convenio aprobado por esta resolución, sin notificar a la empresa, respetando el secreto tributario pero cumpliendo con la coordinación interinstitucional. La empresa solo se entera si posteriormente se inicia una fiscalización formal o un procedimiento judicial derivado de esa investigación.

Resumen oficial SII

Aprueba Adendum Anexo al Convenio de Colaboración Servicio de Impuestos Internos y Agencia Nacional de Inteligencia.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso72.pdf