Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 82 del 02 de Julio del 2019
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Ex. N°82 de 2019 reemplaza el Anexo I de la Resolución Ex. N°48/2018, actualizando el listado oficial de agentes retenedores autorizados para retener IVA en operaciones de importación, sin modificar los requisitos ni procedimientos de retención vigentes. **¿A quién le importa esto?** Importadores habituales que operan con agentes retenedores para el pago de IVA en importaciones, agentes de aduanas, empresas de comercio exterior, y departamentos de contabilidad que gestionan declaraciones de importación con retención de IVA. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué modifica exactamente esta resolución? → Solo actualiza el listado de agentes retenedores autorizados del Anexo I, sin cambiar requisitos ni procedimientos. - ¿Cambian las reglas de retención de IVA en importaciones? → No, se mantienen idénticas. Solo se actualiza quiénes pueden actuar como agentes retenedores. - ¿Qué deben hacer los importadores tras esta actualización? → Verificar que su agente retenedor habitual figure en el nuevo Anexo I actualizado. - ¿Qué pasa si el agente ya no aparece en el listado? → El importador debe designar un nuevo agente retenedor del listado vigente o pagar IVA directamente. **Lo que debes tener claro:** - **No es un cambio de criterio tributario:** esta resolución es exclusivamente administrativa, actualizando el registro de agentes sin alterar la normativa de fondo sobre retención de IVA en importaciones. - **Riesgo de continuidad operativa:** si un agente retenedor fue excluido del nuevo Anexo I, las importaciones pendientes podrían quedar sin retención válida, obligando al importador a regularizar el IVA directamente ante Aduanas. - **Verificación obligatoria del Anexo I:** los importadores deben revisar la nueva nómina oficial publicada por el SII para confirmar que su agente actual mantiene vigencia, evitando rechazos en declaraciones de importación. - **Base legal inalterada:** la Resolución Ex. N°48/2018 sigue plenamente vigente en sus artículos sustantivos; solo se reemplaza su anexo de agentes autorizados por razones de actualización del registro. **Ejemplo práctico:** Una importadora de maquinaria industrial trabaja desde 2018 con el agente retenedor 'Logística Global SpA' para sus declaraciones de importación, quien retiene el IVA en cada operación (promedio mensual: 8.500.000 pesos en IVA). Al publicarse la Resolución Ex. N°82 en julio 2019, la importadora debe verificar si 'Logística Global SpA' aparece en el nuevo Anexo I. Si fue excluido, debe designar un nuevo agente del listado actualizado antes de su próxima importación o pagar el IVA directamente a Aduanas sin retención.
Resumen oficial SII
Reemplaza Anexo I de Resolución Ex. SII N°48, de 31 de mayo de 2018.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2019/reso82.pdf