Materia del circular
Circular N° 34 del 11 de Mayo del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular N° 34 de 2020 establece las tablas actualizadas del Impuesto Único de Segunda Categoría aplicables a partir de junio 2020, definiendo los tramos de renta, tasas y factores de actualización para la retención mensual sobre sueldos y pensiones. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, departamentos de remuneraciones, contadores que calculan retenciones mensuales sobre rentas del trabajo dependiente, y trabajadores que reciben sueldos, pensiones o rentas accesorias o complementarias sujetas a retención mensual. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo rigen las tablas de esta circular? → Desde las rentas pagadas o abonadas en junio de 2020 en adelante. - ¿A qué rentas se aplica el Impuesto Único de Segunda Categoría? → A sueldos, pensiones y rentas accesorias o complementarias del trabajo dependiente. - ¿Qué parámetros actualizan las tablas mensuales? → Los tramos de renta mensual, las tasas marginales y los factores de actualización por inflación. - ¿Quién es responsable de aplicar las retenciones según estas tablas? → El empleador o entidad pagadora de la renta, como agente retenedor obligatorio. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad de aplicación inmediata:** desde el primer día del mes de junio 2020, todo empleador debe usar las nuevas tablas para calcular la retención mensual, sin periodo de gracia ni transición. - **Actualización por inflación acumulada:** las tablas incorporan el ajuste de tramos y factores conforme a la variación del IPC del periodo anterior, por lo que usar tablas desactualizadas genera retenciones incorrectas y posibles diferencias en la declaración anual. - **Aplica tanto a rentas habituales como ocasionales:** aunque el foco está en sueldos mensuales, las tablas también rigen para honorarios asimilados a sueldos, gratificaciones y bonos que califiquen como renta de segunda categoría. - **Riesgo de sanciones por retención insuficiente:** si el empleador retiene menos de lo que indican las tablas vigentes, el trabajador puede enfrentar diferencias en abril del año siguiente, y el empleador responde solidariamente ante el SII. **Ejemplo práctico:** Un trabajador dependiente recibe en junio de 2020 una renta líquida imponible de 1.800.000 pesos mensuales. Su empleador debe aplicar la tabla de Impuesto Único vigente desde esa fecha: según los tramos actualizados, la renta cae en el tramo con tasa marginal del 8%, generando una retención aproximada de 50.000 pesos. Si el empleador siguiera usando las tablas de mayo 2020 (sin actualización), retendría menos, lo que obligaría al trabajador a pagar la diferencia en su Operación Renta 2021 y expondría al empleador a fiscalización.
Resumen oficial SII
Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de junio de 2020 e información adicional relacionada con dicho tributo.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu34.pdf