Materia del circular
Circular N° 37 del 20 de Mayo del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular 37 del SII instruye sobre las modificaciones introducidas por la Ley 21.210 al régimen de IVA aplicable a operaciones inmobiliarias, estableciendo nuevas reglas para ventas de inmuebles, construcción y cesión de derechos que rigen desde junio de 2020. **¿A quién le importa esto?** Empresas constructoras, inmobiliarias, corredores de propiedades, contribuyentes que realizan ventas de terrenos, inmuebles nuevos o usados, y sociedades que ceden derechos sobre promesas de compraventa de inmuebles. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué modificó la Ley 21.210 en materia de IVA inmobiliario? → Introdujo cambios al DL 825 sobre el tratamiento tributario de ventas de inmuebles, construcción y cesión de derechos inmobiliarios. - ¿Desde cuándo rigen estas modificaciones? → Desde junio de 2020, según la fecha de publicación y entrada en vigencia de la ley. - ¿A qué tipo de operaciones inmobiliarias aplica? → A ventas de inmuebles nuevos y usados, construcción por suma alzada, y cesiones de derechos sobre promesas de compraventa. - ¿Qué documento oficial contiene las instrucciones detalladas? → La Circular N° 37 del 20 de mayo de 2020 del Servicio de Impuestos Internos. **Lo que debes tener claro:** - **Cambio de régimen para ventas habituales:** la ley modifica los criterios de habitualidad en venta de inmuebles, afectando cuándo una operación se grava con IVA versus impuesto de timbres y estampillas. - **Nuevas reglas para contratos de construcción:** se ajusta el tratamiento de contratos por suma alzada y administración, especialmente en la determinación del hecho gravado y la base imponible del IVA. - **Cesión de derechos inmobiliarios gravada:** las cesiones de derechos sobre promesas de compraventa de inmuebles pueden quedar afectas a IVA bajo las nuevas disposiciones, situación antes no siempre clara. - **Impacto en crédito fiscal y trazabilidad:** los cambios afectan el derecho a crédito fiscal de compradores y la documentación requerida para acreditar la naturaleza de las operaciones ante fiscalización. **Ejemplo práctico:** Una inmobiliaria vende en julio de 2020 un departamento nuevo avaluado en 3.500 UF a un particular. Antes de la Ley 21.210, ciertas operaciones similares podían generar dudas sobre su afectación a IVA dependiendo de la habitualidad interpretada. Con las nuevas instrucciones de la Circular 37, la inmobiliaria debe aplicar IVA de 19% (665 UF) si cumple los nuevos criterios de habitualidad, y el comprador puede usar ese IVA como crédito fiscal solo si es contribuyente del impuesto. Si la inmobiliaria hubiera cedido sus derechos sobre una promesa antes de escriturar, esa cesión ahora también queda sujeta a las reglas específicas de la ley modificada.
Resumen oficial SII
Imparte instrucciones sobre las modificaciones introducidas por el artículo tercero de la Ley N° 21.210, al Decreto Ley N° 825, de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, en materia de inmuebles.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu37.pdf