Circular N° 68 · OTROS · 11/11/2020

Valor UF fijado oficialmente para créditos entre noviembre y diciembre 2020

Materia del circular

Circular N° 68 del 11 de Noviembre del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular N° 68 establece el valor oficial de la UF para cada día del período comprendido entre el 10 de noviembre y el 9 de diciembre de 2020, aplicable obligatoriamente a todas las operaciones de crédito de dinero y contratos reajustables. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas que otorgan créditos, contribuyentes con contratos reajustables en UF, contadores que calculan intereses y reajustes, y cualquier entidad que documente operaciones crediticias durante el período noviembre-diciembre 2020. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubre esta fijación de UF? → Del 10 de noviembre de 2020 al 9 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive. - ¿Quiénes deben usar este valor oficial de UF? → Todas las entidades que realicen operaciones de crédito de dinero u otros contratos reajustables en UF. - ¿Qué norma faculta al SII para fijar la UF? → El D.L. 3500 que regula el sistema de pensiones y la indexación en operaciones financieras. - ¿Qué pasa si se usa un valor distinto? → La operación puede ser objetada tributariamente por no usar el valor oficial publicado. **Lo que debes tener claro:** - **Carácter obligatorio del valor oficial:** no es referencial sino vinculante para efectos tributarios y contractuales, especialmente en la determinación de intereses y reajustes. - **Publicación anticipada para planificación:** la circular se emite antes del período de aplicación, permitiendo a instituciones financieras y empresas ajustar sistemas de facturación y cálculo. - **Aplica a todo tipo de créditos:** incluye mutuos hipotecarios, créditos de consumo, operaciones comerciales y cualquier instrumento que pacte reajustabilidad en UF durante ese mes. - **Riesgo de errores de sistema:** bancos y financieras deben actualizar sus plataformas con estos valores; usar tablas UF desactualizadas genera diferencias en liquidaciones que afectan tanto al acreedor como al deudor. **Ejemplo práctico:** Un banco otorga un crédito hipotecario de 3.000 UF el 15 de noviembre de 2020. Para calcular el monto en pesos del dividendo de diciembre, debe usar el valor UF oficial del día de pago según esta circular: si la UF del 5 de diciembre 2020 es $28.995,00 (valor ilustrativo según publicación SII), un dividendo de 10 UF equivale a $289.950. Si el banco usara un valor distinto no publicado oficialmente, la liquidación sería objetable tributariamente.

Resumen oficial SII

Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de noviembre de 2020 y el 9 de diciembre de 2020, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2020/circu68.pdf