Oficio N° 1297 · IVA · 08/07/2020

Hoteles: exención IVA aplica también a turistas chilenos sin residencia

Materia del oficio

Nuevo Texto – Art. 12, letra E), Nº 17 - Decreto N° 222 de 2011, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, Art. 3, letra a).

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La exención de IVA del artículo 12 letra E) N°17 aplica a servicios hoteleros prestados a turistas chilenos sin domicilio ni residencia en Chile que paguen en moneda extranjera, no solo a extranjeros. **¿A quién le importa esto?** Empresas hoteleras, apart hoteles, hostales y similares que prestan servicios a turistas chilenos que viven en el extranjero y pagan en dólares u otra moneda extranjera. **Lo que resolvió el SII:** - ¿La exención IVA hotelera aplica solo a extranjeros? → No, aplica también a chilenos sin domicilio ni residencia en Chile. - ¿Qué debe acreditar el turista chileno para que proceda la exención? → Ausencia de domicilio o residencia en Chile y pago en moneda extranjera. - ¿Qué dice el Decreto 222/2011 sobre nacionalidad? → Define turista sin distinguir nacionalidad, solo exige no residir en Chile. - ¿Puede un hotel facturar exento a un chileno residente que paga en dólares? → No, debe carecer de domicilio/residencia en Chile, no basta pagar en moneda extranjera. **Lo que debes tener claro:** - **La nacionalidad es irrelevante:** lo determinante es la falta de domicilio o residencia en Chile, no el pasaporte del huésped. - **Pago en moneda extranjera es requisito copulativo:** aunque sea chileno no residente, si paga en pesos chilenos no procede la exención. - **Acreditación documental es clave:** el hotel debe conservar respaldo de residencia en el exterior (visa, comprobante de domicilio extranjero) y del pago en divisa. - **Riesgo de fiscalización inversa:** facturar exento a chilenos residentes que pagan en dólares genera contingencias; el SII puede exigir prueba de no residencia efectiva. **Ejemplo práctico:** Un hotel en Santiago factura USD 1.200 a un ingeniero chileno que vive y trabaja en Estados Unidos desde hace tres años, quien paga con tarjeta emitida en ese país. El hotel puede emitir factura exenta de IVA porque el huésped carece de domicilio en Chile y pagó en moneda extranjera. Si el mismo ingeniero pagara en pesos chilenos, o si un chileno residente en Valparaíso pagara en dólares, la factura debe incluir IVA.

Resumen oficial SII

Exención a empresas hoteleras por ingresos en moneda extranjera percibidos por servicios a turistas chilenos sin domicilio o residencia en Chile.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=89eb8949-cfba-4667-bbf2-d9e6e805f2b9&nombreDocumento=ORD+1297+GR153424.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf