Oficio N° 2862 · RENTA · 10/12/2020

Costo de venta se puede determinar con fórmulas propias si reflejan fielmente los inventarios

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 30 y art. 41

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII acepta que el costo de venta se determine mediante fórmulas propias (como inventario inicial más compras menos inventario final) siempre que reflejen fielmente el movimiento real de existencias y sean consistentes con la contabilidad y el Libro de Inventarios y Balances. **¿A quién le importa esto?** Empresas comerciales e industriales con inventarios significativos que requieren calcular el costo de venta para determinar la Renta Líquida Imponible, especialmente aquellas que no llevan registros detallados en el Libro FUT o que usan sistemas de costeo alternativos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Se puede usar una fórmula propia para determinar el costo de venta? → Sí, si refleja fielmente el movimiento de inventarios y es consistente con la contabilidad. - ¿Cuál es la fórmula aceptada por el SII en este oficio? → Inventario inicial más compras del ejercicio menos inventario final, según libro de inventarios y balances. - ¿Es obligatorio usar el método del libro FUT para calcular el costo? → No, se pueden usar métodos alternativos si cumplen con trazabilidad y consistencia contable. - ¿Qué documentación respalda esta forma de cálculo? → El Libro de Inventarios y Balances, registros contables y documentación que acredite las compras. **Lo que debes tener claro:** - **Flexibilidad metodológica con requisitos de consistencia:** el SII no impone un único método de costeo, pero exige que el elegido sea aplicado uniformemente y esté respaldado por registros verificables. - **Trazabilidad es clave para fiscalización:** la fórmula utilizada debe permitir al Servicio reconstruir el cálculo desde los inventarios iniciales y finales hasta las compras efectuadas, con respaldo documental completo. - **Riesgo de ajustes si hay inconsistencias:** si el método genera diferencias con el Libro FUT o con los registros de IVA Compras sin justificación razonable, el SII puede recalificar el costo de venta y determinar diferencias de impuesto. - **Especial cuidado con inventarios valorizados:** el método elegido debe respetar las normas de valorización de inventarios del artículo 30 de la Ley de Renta (FIFO, precio medio ponderado, etc.) y no puede generar arbitrariamente costos inflados. **Ejemplo práctico:** Una distribuidora de materiales de construcción declara inventario inicial de 80.000.000 de pesos al 1 de enero, compras del ejercicio por 350.000.000 según libro de compras IVA, e inventario final de 95.000.000 según inventario físico al 31 de diciembre. Su costo de venta es 80.000.000 + 350.000.000 - 95.000.000 = 335.000.000. Este método es aceptado si: (1) el inventario final está respaldado por conteo físico y valorización según FIFO o precio medio ponderado, (2) las compras coinciden con el registro IVA y documentación de proveedores, y (3) no hay diferencias materiales no explicadas con ejercicios anteriores. Si la empresa registra en FUT un costo diferente sin justificación, el SII puede objetar y recalcular la Renta Líquida Imponible.

Resumen oficial SII

Determinación del costo de venta a través de fórmula que indica en su presentación.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=6e85cbdc-be90-44e1-91ed-4e6a883dffd2&nombreDocumento=2862-10_12_2020.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf