Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 04 del 10 de Enero del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 04 del SII establece un procedimiento de condonación de intereses y multas infraccionales para contribuyentes que cumplan requisitos específicos de pago y regularización de su situación tributaria. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales y jurídicas con deudas tributarias pendientes que incluyan intereses penales y/o multas infraccionales, y que busquen regularizar su situación mediante programas de condonación del SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué conceptos pueden ser condonados según esta resolución? → Intereses penales por mora y multas infraccionales aplicadas sobre impuestos adeudados. - ¿Quiénes pueden acceder a la condonación? → Contribuyentes que cumplan los requisitos específicos establecidos en la resolución y que regularicen sus obligaciones tributarias. - ¿El impuesto principal también se condona? → No, solo se condona intereses y multas; el impuesto base debe pagarse íntegramente. - ¿Cuál es la vigencia de este beneficio? → Desde el 10 de enero de 2020, con plazos y condiciones específicas definidas en la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Solo accesorios tributarios:** la condonación aplica exclusivamente a intereses penales y multas infraccionales, nunca al impuesto principal adeudado que debe pagarse completo. - **Requisitos de elegibilidad no automáticos:** los contribuyentes deben cumplir condiciones específicas que la resolución establece, como plazos de pago o inexistencia de mora reiterada. - **Necesidad de solicitud formal:** la condonación no opera automáticamente, requiere que el contribuyente presente una solicitud al SII dentro de los plazos establecidos. - **Riesgo de exclusión por incumplimiento posterior:** si el contribuyente no cumple con los compromisos de pago asumidos después de obtener la condonación, puede perder el beneficio retroactivamente. **Ejemplo práctico:** Una empresa debe 10.000.000 de pesos en IVA atrasado, más 2.500.000 en intereses penales y 1.200.000 en multas infraccionales. Si solicita acogerse a la Resolución Exenta N° 04 y cumple los requisitos, podría pagar solo los 10.000.000 del impuesto base y obtener condonación de los 3.700.000 restantes. Sin embargo, si incumple el plan de pago acordado, el SII puede revocar el beneficio y cobrar nuevamente los intereses y multas condonadas.
Resumen oficial SII
Otorga condonación sobre los intereses y/o multas infraccionales en los casos que se señalan.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso4.pdf