Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 150 del 02 de Diciembre del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Exenta N° 150 establece un procedimiento simplificado para que contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile obtengan RUT sin necesidad de dar aviso de inicio de actividades, llevar contabilidad completa ni declarar anualmente sus rentas, reemplazando el procedimiento anterior de 2011. **¿A quién le importa esto?** Personas naturales o jurídicas extranjeras sin domicilio ni residencia en Chile que necesitan RUT para operaciones puntuales (compraventa de bienes raíces, inversiones, poderes notariales, cobro de herencias), sin intención de desarrollar actividad económica permanente en el país. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden los no residentes obtener RUT sin iniciar actividades? → Sí, mediante procedimiento simplificado quedan exentos de dar aviso de inicio de actividades. - ¿Deben estos contribuyentes llevar contabilidad completa? → No, quedan eximidos de la obligación de llevar contabilidad. - ¿Están obligados a presentar declaración anual de renta? → No, no deben declarar anualmente sus rentas mientras mantengan este régimen. - ¿Qué normativa anterior quedó sin efecto? → La Resolución Exenta SII N° 36 de 2011 que regulaba el procedimiento previo. **Lo que debes tener claro:** - **Requisito fundamental de no residencia:** solo aplica a contribuyentes que no tienen domicilio ni residencia en Chile, por lo que extranjeros residentes o con establecimiento permanente no pueden acogerse. - **Limitado a operaciones puntuales:** el régimen está diseñado para transacciones específicas como compraventa inmobiliaria o cobro de herencias, no para desarrollo de actividad económica habitual en Chile. - **Cambio de situación obliga a regularizar:** si el contribuyente posteriormente establece residencia o inicia actividades permanentes en Chile, debe cumplir todas las obligaciones tributarias normales. - **Modernización del procedimiento de 2011:** la resolución actualiza y simplifica el trámite anterior, eliminando requisitos administrativos innecesarios para contribuyentes sin presencia efectiva en Chile. **Ejemplo práctico:** Un ciudadano alemán residente en Berlín hereda un departamento en Santiago valorado en 120.000.000 de pesos. Para vender la propiedad necesita RUT chileno, pero no planea residir ni desarrollar negocios en Chile. Bajo la Resolución 150, solicita RUT simplificado sin dar aviso de inicio de actividades, vende el inmueble, paga el impuesto correspondiente a la ganancia de capital mediante retención o declaración puntual, y no queda obligado a llevar contabilidad ni presentar declaraciones anuales posteriores. Si posteriormente decide invertir en un negocio permanente en Chile, deberá regularizar su situación tributaria completa.
Resumen oficial SII
Establece procedimiento simplificado para otorgar RUT y eximir de obligaciones de dar aviso de inicio de actividades, llevar contabilidad y declarar anualmente sus rentas, a contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile. Deja sin efecto Resolución Exenta SII Nº 36, de 2011.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso150.pdf