Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 162 del 17 de Diciembre del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Las administradoras de fondos de pensiones deben informar mensualmente al SII, mediante declaración jurada, los montos de los retiros del 10% efectuados por sus afiliados conforme a la Ley 21.295, estableciendo un nuevo deber de reporte para control tributario. **¿A quién le importa esto?** Administradoras de fondos de pensiones (AFP) que gestionan retiros del 10% bajo la Ley 21.295, así como afiliados que realizaron dichos retiros y requieren claridad sobre qué información fiscal se reporta sobre sus operaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué están obligadas a informar las AFP al SII? → Los montos de los retiros del 10% efectuados por afiliados según Ley 21.295. - ¿Con qué periodicidad deben presentar esta información? → Mensualmente, mediante declaración jurada en la forma y plazo establecidos. - ¿Desde cuándo rige esta obligación de reporte? → Desde el 17 de diciembre de 2020, fecha de la Resolución Exenta 162. - ¿Qué pasa si una AFP no informa estos retiros? → Incumple una obligación legal, exponiéndose a sanciones por no declarar información tributaria. **Lo que debes tener claro:** - **Declaración jurada mensual obligatoria:** las AFP no pueden omitir ni retrasar el reporte de retiros del 10%, pues constituye información fiscal que el SII requiere para control de tributación de los afiliados. - **Alcance limitado a Ley 21.295:** esta obligación aplica específicamente a retiros bajo dicha ley, no a otros tipos de retiros o pensiones que las AFP administran habitualmente. - **Información nominal de afiliados:** aunque la resolución no detalla el formato, típicamente estas declaraciones incluyen RUT del afiliado y monto retirado, permitiendo al SII validar declaraciones de renta individuales. - **Implicancia para afiliados:** quienes retiraron fondos bajo esta ley deben considerar que el SII dispone de información directa de la AFP, eliminando discrecionalidad sobre si declarar o no estos montos cuando corresponda tributarlos. **Ejemplo práctico:** Una AFP tiene 85.000 afiliados que retiraron fondos en diciembre de 2020 bajo la Ley 21.295, con montos individuales que van desde 500.000 a 4.500.000 de pesos. La AFP debe presentar al SII, antes del plazo mensual fijado, una declaración jurada detallando cada RUT y su monto retirado. Si un afiliado retiró 3.200.000 pesos, ese dato queda registrado en el SII independientemente de si el afiliado lo incluye en su declaración anual de renta.
Resumen oficial SII
Establece obligación de las administradoras de fondos de pensiones de informar, en la forma y plazo que se señala, los montos de los retiros efectuados por los afiliados en conformidad la Ley N° 21.295.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso162.pdf