Resolución Exenta N° 166 · RENTA · 23/12/2020

Boletas electrónicas obligatorias para todos desde 2021, con excepciones por zona y edad

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 166 del 23 de Diciembre del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 166 establece la obligatoriedad general de emisión de boletas de honorarios electrónicas para todos los trabajadores independientes, implementando las excepciones del artículo 68 bis de la Ley de Impuesto a la Renta para contribuyentes mayores de 65 años y quienes residen en zonas sin conexión a internet. **¿A quién le importa esto?** Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios, especialmente adultos mayores de 65 años, profesionales en zonas extremas o rurales sin conectividad, y contribuyentes que hasta 2020 operaban con boletas en papel. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde cuándo es obligatorio emitir boletas electrónicas? → Desde el 1 de enero de 2021 para todos los trabajadores independientes. - ¿Quiénes quedan exceptuados de emitir boletas electrónicas? → Mayores de 65 años y residentes en zonas sin conexión a internet disponible. - ¿Qué pasa con quienes ya emitían boletas en papel? → Deben migrar obligatoriamente al sistema electrónico, salvo que califiquen en las excepciones. - ¿El SII puede fiscalizar el uso indebido de excepciones? → Sí, debe verificarse que la excepción invocada sea efectiva y acreditada documentalmente. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad universal con excepciones acotadas:** la norma elimina la posibilidad de emitir boletas en papel para la generalidad de los contribuyentes, estableciendo solo dos excepciones específicas y verificables. - **Excepción etaria automática pero no permanente:** los mayores de 65 años quedan exceptuados, pero deben acreditar su edad y podrían perder el beneficio si posteriormente optan voluntariamente por el sistema electrónico. - **Criterio territorial por conectividad real:** la excepción por zona sin internet no se refiere a regiones específicas sino a localidades donde efectivamente no exista acceso disponible, requiriendo acreditación caso a caso. - **Impacto en fiscalización y retenciones:** los pagadores de honorarios deben verificar que quienes emiten boletas en papel califiquen legítimamente en las excepciones, pues el SII puede rechazar gastos si la excepción no está acreditada. **Ejemplo práctico:** Un arquitecto de 58 años que trabaja en Santiago y hasta diciembre de 2020 emitía boletas en papel debe migrar obligatoriamente al sistema electrónico desde enero 2021, sin excepciones. En cambio, una profesora particular de 67 años en la misma ciudad puede seguir usando boletas en papel por aplicar la excepción etaria. Un ingeniero de 45 años que reside en Isla de Pascua donde no hay internet fijo disponible puede acogerse a la excepción territorial, pero debe acreditar ante el SII que efectivamente no existe conectividad en su sector de residencia mediante certificado municipal o de proveedores de telecomunicaciones.

Resumen oficial SII

Instruye sobre de obligatoriedad de emisión de boletas de honorarios electrónicas e implementa excepciones establecidas en el artículo 68 bis de la Ley de Impuesto a la Renta.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso166.pdf