Resolución Exenta N° 168 · OTROS · 28/12/2020

SII clasifica contribuyentes como Grandes Contribuyentes mediante nómina anual obligatoria

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 168 del 28 de Diciembre del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII establece mediante resolución exenta la nómina anual de Grandes Contribuyentes, clasificación que determina la Dirección de Grandes Contribuyentes competente para su fiscalización y atención, aplicando criterios de tamaño, complejidad operacional y relevancia tributaria. **¿A quién le importa esto?** Empresas de gran tamaño económico, grupos empresariales consolidados, contribuyentes con operaciones complejas o internacionales, y asesores tributarios de sociedades que podrían calificar como Grandes Contribuyentes según criterios del SII de volumen de ventas, activos o transacciones relacionadas. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cómo se determina quiénes son Grandes Contribuyentes? → Mediante resolución exenta anual del SII que fija la nómina oficial de contribuyentes clasificados. - ¿Qué implica estar en la nómina de Grandes Contribuyentes? → Quedar bajo jurisdicción de la Dirección de Grandes Contribuyentes para fiscalización, atención y tramitación. - ¿Con qué periodicidad se actualiza esta clasificación? → Anualmente, mediante resolución exenta que reemplaza la nómina del año anterior. - ¿Puede un contribuyente objetar su inclusión en la nómina? → Sí, mediante los procedimientos administrativos de reclamación establecidos en el Código Tributario. **Lo que debes tener claro:** - **La clasificación es vinculante y de oficio:** el SII determina unilateralmente qué contribuyentes califican como Grandes Contribuyentes sin requerir solicitud ni consentimiento del clasificado, aplicando criterios internos de tamaño y complejidad. - **Cambia la unidad fiscalizadora competente:** quedar en la nómina significa que todas las actuaciones fiscalizadoras, devoluciones y trámites se procesan en la Dirección de Grandes Contribuyentes, no en direcciones regionales ni unidades territoriales ordinarias. - **Actualización anual con efectos inmediatos:** cada resolución reemplaza la anterior, pudiendo incorporar nuevos contribuyentes o excluir anteriores según evolución de su tamaño operacional, sin notificación previa individual obligatoria. - **Riesgo de descoordinación en inicio de año:** contribuyentes recién incorporados pueden presentar declaraciones o solicitudes en unidades territoriales equivocadas durante enero-febrero si desconocen su nueva clasificación, generando rechazos formales y retrasos. **Ejemplo práctico:** Una sociedad anónima del sector retail con ventas anuales de 85.000 millones de pesos y operaciones en 12 regiones aparece por primera vez en la nómina de Grandes Contribuyentes fijada por Resolución Exenta de diciembre 2020. A partir del 1 de enero 2021, todas sus declaraciones de IVA, renta, solicitudes de devolución y fiscalizaciones deben tramitarse ante la Dirección de Grandes Contribuyentes en Santiago, no ante la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente donde históricamente operaba. Si en febrero 2021 presenta una solicitud de devolución en su antigua unidad territorial, será rechazada por incompetencia y deberá reingresarla en la unidad correcta.

Resumen oficial SII

Fija nómina de Grandes Contribuyentes.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso168.pdf