Resolución Exenta N° 20 · OTROS · 07/02/2020

Resolución exenta autoriza contribuyentes específicos a usar contabilidad electrónica

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 20 del 07 de Febrero del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 20 del 7 de febrero de 2020 autoriza a contribuyentes específicos a operar bajo el Modelo de Operación de Contabilidad Electrónica del SII, formalizando su incorporación al sistema digital de registros contables. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que requieren autorización formal del SII para implementar contabilidad electrónica, particularmente aquellos sujetos a fiscalización intensiva o que participan en programas piloto de digitalización contable, así como asesores tributarios que gestionan estas autorizaciones. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza esta resolución exenta? → Permite a contribuyentes específicos operar bajo el Modelo de Operación de Contabilidad Electrónica del SII. - ¿La contabilidad electrónica es obligatoria o voluntaria? → Esta resolución autoriza casos específicos; la obligatoriedad depende de normativa general según tamaño y tipo de contribuyente. - ¿Quiénes quedan autorizados por esta resolución? → Los contribuyentes individualizados expresamente en el cuerpo de la resolución exenta N° 20. - ¿Desde cuándo rige la autorización? → Desde el 7 de febrero de 2020, fecha de publicación de la resolución. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y nominativa:** esta resolución no establece criterios generales, sino que designa contribuyentes específicos autorizados, por lo que no aplica automáticamente a otros. - **Modelo de operación específico del SII:** los autorizados deben ajustarse al formato, estructura y plazos que define el Modelo de Contabilidad Electrónica vigente, no cualquier sistema digital propio. - **Diferencia con obligatoriedad posterior:** esta autorización del año 2020 puede referirse a una etapa piloto o transición previa a la obligatoriedad masiva que rige actualmente para grandes contribuyentes. - **Riesgo de operar sin autorización:** contribuyentes que implementen contabilidad electrónica sin estar autorizados o sin cumplir requisitos técnicos pueden enfrentar rechazo de registros en fiscalizaciones posteriores. **Ejemplo práctico:** Una empresa mediana que en febrero de 2020 fue incluida nominativamente en la Resolución Exenta N° 20 pudo comenzar a llevar sus libros contables exclusivamente en formato electrónico conforme al Modelo del SII, reemplazando los libros físicos sin necesidad de mantener respaldo en papel. Una empresa similar no incluida en la resolución debió esperar autorización posterior o incorporación al régimen general obligatorio según su tramo de facturación.

Resumen oficial SII

Autoriza a proceder conforme al Modelo de Operación de Contabilidad Electrónica a los contribuyentes que señala.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso20.pdf