Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 27 del 28 de Febrero del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Los notarios públicos, como el caso del notario de Osorno Sr. Abdallah Fernandez Atuez, requieren autorización expresa mediante resolución exenta del SII para poder emitir boletas de honorarios electrónicas por sus servicios profesionales. **¿A quién le importa esto?** Notarios públicos y otros auxiliares de la administración de justicia que ejercen función notarial y perciben honorarios por sus servicios, así como profesionales independientes con regímenes especiales de facturación que requieren autorización para documentos electrónicos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Los notarios pueden emitir boletas electrónicas sin más trámite? → No, requieren autorización expresa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué documento habilita a un notario para emitir boletas electrónicas? → Una resolución exenta específica emitida por el Servicio de Impuestos Internos. - ¿Esta autorización es automática al inscribirse en el SII? → No, debe solicitarse y ser otorgada expresamente por el servicio. - ¿Aplica esta exigencia a otros auxiliares de justicia? → Sí, el criterio puede extenderse a otros profesionales con funciones públicas similares. **Lo que debes tener claro:** - **Régimen especial de autorización:** los notarios no quedan automáticamente habilitados para facturación electrónica al obtener RUT o iniciar actividades, sino que deben gestionar una resolución exenta específica. - **Naturaleza jurídica dual del notario:** aunque son auxiliares de la administración de justicia con funciones públicas, sus honorarios se documentan como trabajadores independientes, lo que genera este requisito de autorización. - **Trámite ante la Subdirección de Asistencia al Contribuyente:** la solicitud debe presentarse ante esta unidad del SII, que evalúa y emite la resolución habilitante caso a caso. - **Riesgo de emisión irregular:** emitir boletas electrónicas sin la autorización respectiva constituye una infracción documental que puede generar multas y rechazo de los documentos ante fiscalización. **Ejemplo práctico:** Un notario público de Osorno recién designado en su cargo percibe honorarios mensuales promedio de 3.500.000 pesos por escrituras, protocolizaciones y certificaciones. Para modernizar su operación y emitir boletas electrónicas en lugar de talonarios físicos, debe presentar una solicitud formal al SII. Solo una vez que la Subdirección de Asistencia al Contribuyente emite la Resolución Exenta autorizándolo expresamente (como ocurrió con el Sr. Abdallah Fernandez Atuez mediante Resolución Exenta N° 27 de febrero 2020), puede comenzar a emitir boletas electrónicas válidas. Sin esta autorización previa, cualquier boleta electrónica que emita será irregular , aunque tenga su inicio de actividades vigente y esté inscrito correctamente en Primera Categoría.
Resumen oficial SII
Autoriza al notario público de Osorno, Sr. Abdallah Fernandez Atuez, para emitir boletas de honorarios electrónicas, en la forma que indica.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso27.pdf