Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 28 del 28 de Febrero del 2020
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII puede autorizar a notarios públicos a emitir boletas de honorarios electrónicas cuando perciben rentas por sus servicios profesionales, estableciendo un mecanismo formal de habilitación para que estos ministros de fe adopten la documentación tributaria electrónica. **¿A quién le importa esto?** Notarios públicos, conservadores, archiveros, y otros ministros de fe que perciben honorarios por servicios profesionales y desean incorporarse al sistema de documentación electrónica del SII, así como profesionales liberales sujetos a regímenes de autorización similar. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Pueden los notarios emitir boletas de honorarios electrónicas? → Sí, previa autorización expresa del SII mediante resolución exenta. - ¿Qué tipo de documentos tributarios pueden emitir electrónicamente? → Boletas de honorarios electrónicas por sus prestaciones profesionales. - ¿Es obligatoria la emisión electrónica para notarios? → No, requiere solicitud y autorización; no es automática ni obligatoria. - ¿Qué facultad ejerce el SII en estos casos? → Facultad de autorizar caso a caso la emisión de documentación tributaria electrónica. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización caso a caso mediante resolución exenta:** cada notario debe solicitar y obtener autorización individual del SII; no existe habilitación automática por el solo hecho de ejercer el cargo. - **Aplica a rentas profesionales, no a aranceles notariales:** la boleta electrónica documenta honorarios por servicios profesionales del notario, distintos de los aranceles por actuaciones propias del ministerio de fe que tienen otro tratamiento. - **Precedente para otros auxiliares de la administración de justicia:** conservadores, archiveros y receptores judiciales que perciban honorarios profesionales podrían solicitar autorización similar bajo el mismo criterio. - **Requisito previo a la emisión:** intentar emitir boletas electrónicas sin autorización formal constituye infracción; el notario debe esperar la resolución exenta que lo habilite expresamente antes de comenzar a emitir. **Ejemplo práctico:** Un notario público de una comuna rural presta asesoría jurídica particular a empresas locales, cobrando honorarios mensuales por 1.200.000 pesos separados de su función notarial. Solicita al SII autorización para emitir boletas electrónicas y recibe Resolución Exenta que lo habilita. A partir de esa fecha puede documentar electrónicamente sus honorarios profesionales, pero sus aranceles notariales (escrituras, legalizaciones) siguen el régimen de comprobantes tradicional establecido para actuaciones del ministerio de fe.
Resumen oficial SII
Autoriza al notario público de Cauquenes, Sr. José Antonio Martínez Demandes, para emitir boletas de honorarios electrónicas, en la forma que indica.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso28.pdf