Resolución Exenta N° 29 · OTROS · 11/03/2020

ONG Canales exenta de timbrar certificados de donación

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 29 del 11 de Marzo del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 29 libera a la ONG Canales de timbrar ante el SII los certificados que emite por donaciones recibidas, manteniendo obligaciones de numeración correlativa y contenido mínimo según lo establece la Ley de Donaciones. **¿A quién le importa esto?** Organizaciones no gubernamentales y entidades sin fines de lucro que reciben donaciones y deben certificarlas para que sus donantes obtengan beneficios tributarios, especialmente aquellas que buscan simplificar procesos administrativos. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué obligación se exime a la ONG Canales? → La obligación de timbrar en el SII los certificados que emite por donaciones recibidas. - ¿Puede cualquier ONG acogerse automáticamente a esta exención? → No, requiere resolución exenta específica del SII para cada organización. - ¿Qué requisitos debe cumplir la ONG para emitir certificados sin timbraje? → Numeración correlativa, contenido mínimo legal y registro de emisión según requisitos fijados en la resolución. - ¿Los certificados sin timbraje siguen siendo válidos para el donante? → Sí, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la resolución exenta. **Lo que debes tener claro:** - **Exención no es automática para todas las ONGs:** cada organización debe solicitar y obtener su propia resolución exenta del SII, no basta con ser entidad sin fines de lucro. - **Subsisten obligaciones de control:** aunque no se timbre, la ONG debe mantener numeración correlativa única, registros de emisión y contenido mínimo obligatorio en cada certificado. - **Beneficio exclusivo para certificados de donación:** la exención aplica solo a documentos que acreditan donaciones para efectos tributarios, no a otros comprobantes o facturas que la ONG pueda emitir. - **Riesgo de nulidad si no se cumplen requisitos:** certificados emitidos sin cumplir las condiciones fijadas en la resolución pueden ser rechazados por el SII al donante, perdiendo el beneficio tributario. **Ejemplo práctico:** La ONG Canales recibe una donación de $5.000.000 de una empresa constructora en abril de 2020. Emite el certificado N° 001245 sin timbraje SII, consignando RUT del donante, monto, fecha, finalidad de la donación y firma del representante legal. La constructora usa este certificado para rebajar impuestos en su declaración anual. Si la ONG hubiera omitido la numeración correlativa o no registrado la emisión, el SII podría rechazar el gasto tributario a la donante en una fiscalización posterior.

Resumen oficial SII

Exime a organización no gubernamental de desarrollo canales “ONG CANALES”, de la obligación de timbraje en la emisión de certificados por donaciones y fija requisitos que señalan.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso29.pdf