Resolución Exenta N° 44 · OTROS · 24/04/2020

Donaciones MIPYMES: certificado obligatorio con modelo SII y registro en portal

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 44 del 24 de Abril del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 44 establece que las MIPYMES beneficiarias de donaciones bajo la Ley 21.207 deben emitir certificados según modelo oficial del SII, registrarlos en la plataforma web habilitada, y cumplir obligaciones de información y verificación para que los donantes puedan usar el beneficio tributario. **¿A quién le importa esto?** Micro, pequeñas y medianas empresas que reciben donaciones acogidas a la Ley 21.207, empresas donantes que buscan deducir estas donaciones como gasto tributario, y asesores tributarios que gestionan estos procesos de certificación y registro. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué modelo de certificado deben usar las MIPYMES que reciben donaciones? → El modelo oficial establecido por el SII en esta resolución, no uno propio o genérico. - ¿Dónde deben registrar las MIPYMES los certificados emitidos? → En la plataforma web habilitada por el SII para este propósito específico. - ¿Qué pasa si el certificado no sigue el modelo SII? → El donante no podrá usar la donación como gasto deducible por incumplimiento formal. - ¿Qué obligaciones de información establece la resolución? → Comunicaciones al SII, verificaciones de antecedentes y registro oportuno de cada donación recibida. **Lo que debes tener claro:** - **El certificado debe seguir el modelo oficial exacto:** no basta con incluir la información requerida en formato libre; debe usarse la estructura y contenido definidos por el SII en esta resolución. - **Registro obligatorio en plataforma web:** emitir el certificado no es suficiente; la MIPYME debe ingresarlo al sistema del SII para que quede constancia fiscal y el donante pueda acreditar el beneficio. - **Verificaciones cruzadas entre donante y donatario:** el SII establece procedimientos de control que permiten validar que ambas partes declaran consistentemente la misma donación, evitando duplicidades o simulaciones. - **Riesgo de pérdida del beneficio por errores formales:** incluso si la donación es real y califica sustantivamente, errores en el certificado o falta de registro oportuno pueden invalidar la deducción del donante y generar reparos. **Ejemplo práctico:** Una panadería MIPYME recibe una donación de 2.500.000 pesos en equipamiento de una empresa donante en mayo 2020. Para que el donante pueda deducir el gasto, la panadería debe: 1) emitir un certificado usando exactamente el modelo de la Resolución 44 , indicando RUT del donante, monto, fecha y detalle del bien; 2) registrar ese certificado en la plataforma web del SII dentro del plazo establecido ; y 3) conservar respaldos para verificaciones. Si la panadería emite un certificado genérico o no lo registra, el donante perderá la deducción aunque la donación haya ocurrido realmente.

Resumen oficial SII

Establece comunicaciones, verificaciones, obligaciones de información y de registro, y modelo de certificado, por aplicación de la Ley Nº 21.207 sobre Ley de Donaciones para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso44.pdf