Resolución Exenta N° 81 · OTROS · 17/07/2020

Organismos públicos pueden ser receptores electrónicos DTE con autorización del SII

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 81 del 17 de Julio del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII autoriza mediante resolución exenta a organismos públicos para que operen como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos, permitiéndoles recibir y procesar facturas electrónicas de manera centralizada y oficial. **¿A quién le importa esto?** Organismos públicos que reciben grandes volúmenes de documentos tributarios electrónicos (facturas, notas de crédito, guías) y requieren operar como receptores oficiales, así como proveedores que emiten DTE masivamente a entidades estatales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué necesita un organismo público para ser receptor electrónico oficial? → Una resolución exenta del SII que lo autorice expresamente para esa función. - ¿Qué tipo de entidades pueden solicitar esta autorización? → Organismos públicos que reciben documentos tributarios electrónicos de múltiples emisores. - ¿Cuál es el efecto práctico de esta autorización? → Permite recibir y procesar DTE de manera centralizada con validez oficial ante el SII. - ¿Pueden entidades privadas obtener esta autorización? → No, esta modalidad está diseñada específicamente para organismos del sector público. **Lo que debes tener claro:** - **Autorización individual y expresa:** cada organismo público debe obtener su propia resolución exenta del SII, no existe autorización automática por ser entidad estatal. - **Requisitos técnicos previos:** el organismo debe demostrar capacidad técnica para recibir, validar y almacenar documentos tributarios electrónicos según estándares del SII antes de solicitar autorización. - **Diferencia con receptores comunes:** mientras cualquier contribuyente puede recibir DTE, solo los autorizados mediante resolución pueden operar como receptores electrónicos oficiales con atribuciones especiales de procesamiento masivo. - **Implicancia para proveedores del Estado:** al emitir DTE a organismos públicos autorizados, los proveedores deben enviarlos al sistema oficial del receptor, no solo generarlos en su propia plataforma. **Ejemplo práctico:** El Servicio de Salud Metropolitano Sur recibe mensualmente 15.000 facturas electrónicas de proveedores de insumos médicos, servicios de mantención y suministros. Para procesar este volumen de manera eficiente, solicita al SII su autorización como receptor electrónico oficial mediante resolución exenta. Una vez autorizado, los proveedores envían sus DTE directamente al sistema centralizado del Servicio de Salud, que valida, acepta o rechaza cada documento con efectos tributarios oficiales, eliminando el procesamiento manual factura por factura.

Resumen oficial SII

Autoriza como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos al organismo público que indica.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso81.pdf