Resolución Exenta N° 90 · OTROS · 12/08/2020

SII y SERVEL intercambian información tributaria y electoral bajo convenio oficial

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 90 del 12 de Agosto del 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** El SII y el Servicio Electoral formalizaron un convenio de intercambio de información bajo reserva legal, permitiendo compartir datos de contribuyentes personas naturales con fines de fiscalización y actualización de registros electorales y tributarios. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes personas naturales cuyos datos tributarios (RUT, domicilio, estado civil) pueden ser compartidos con el Servicio Electoral, y contribuyentes que financian campañas políticas o partidos cuyos aportes pueden ser cruzados con información electoral. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información puede compartir el SII con el Servicio Electoral? → Datos de contribuyentes personas naturales: RUT, nombres, domicilio, estado civil y otros necesarios para registros electorales y fiscalización de financiamiento político. - ¿Qué información recibe el SII desde el Servicio Electoral? → Datos de inscripción electoral, cambios de domicilio, estado civil, y antecedentes de financiamiento de campañas y partidos políticos. - ¿El intercambio está sujeto a reserva tributaria? → Sí, ambos servicios mantienen confidencialidad legal y solo usan la información para fines institucionales autorizados. - ¿Desde cuándo rige este convenio? → Desde el 12 de agosto de 2020, según Resolución Exenta N° 90. **Lo que debes tener claro:** - **Intercambio bidireccional con fines fiscalizadores:** el SII puede usar información electoral para validar domicilios y detectar inconsistencias en declaraciones de renta, mientras SERVEL fiscaliza aportes a campañas políticas con datos tributarios. - **Alcance limitado a personas naturales:** el convenio no incluye intercambio masivo de información de empresas o personas jurídicas, solo contribuyentes individuales con datos civiles y electorales. - **Reserva tributaria mantiene vigencia:** aunque se comparten datos, ambos servicios están obligados a mantener confidencialidad y no pueden divulgar información a terceros fuera de sus competencias legales. - **Implicancia práctica para contribuyentes:** declarar domicilio falso o inconsistente entre registros electoral y tributario puede gatillar fiscalizaciones cruzadas, especialmente en casos de donaciones políticas o beneficios tributarios asociados a domicilio. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente declara domicilio en comuna rural para acceder a beneficios tributarios de zona extrema, pero su inscripción electoral está en Santiago. El SII, al cruzar información con SERVEL bajo este convenio, detecta la inconsistencia y puede iniciar fiscalización por domicilio tributario falso. Del mismo modo, si una persona natural dona 5.000.000 de pesos a una campaña política, SERVEL puede validar con el SII que esa persona tiene capacidad económica declarada consistente con el aporte, detectando eventuales donaciones con recursos no declarados.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio Electoral y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2020/reso90.pdf