Circular N° 17 · RENTA · 11/03/2021

Tablas de retención de segunda categoría: cómo opera su actualización mensual y aplicación

Materia del circular

Circular N° 17 del 11 de Marzo del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular 17 de marzo 2021 establece las tablas de retención del impuesto único de segunda categoría aplicables desde abril 2021, definiendo los tramos, tasas y procedimientos que deben seguir todos los empleadores y pagadores de rentas del trabajo para calcular y retener correctamente este tributo mensual. **¿A quién le importa esto?** Empleadores, pagadores de rentas del trabajo, departamentos de recursos humanos, contadores y asesores tributarios que calculan retenciones mensuales sobre sueldos, honorarios asimilados a sueldos, pensiones y otras rentas de segunda categoría sujetas a retención obligatoria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Con qué periodicidad se actualizan las tablas de retención de segunda categoría? → Mensualmente, mediante circular que publica el SII antes del inicio de cada mes. - ¿Desde cuándo rigen las tablas publicadas en la Circular 17/2021? → Desde el mes de abril de 2021 para todas las rentas pagadas o puestas a disposición en ese período. - ¿Qué información contiene cada tabla mensual? → Tramos de renta en UF, tasas marginales, factores de rebaja y cantidades a rebajar según corresponda. - ¿Qué pasa si un empleador aplica la tabla del mes anterior por error? → Genera retenciones incorrectas que deben regularizarse mediante declaraciones rectificatorias y ajustes al trabajador. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación de actualización mensual:** los empleadores deben verificar y aplicar la tabla vigente cada mes, ya que los tramos y factores se ajustan por inflación y cambios normativos, no son fijos durante el año. - **Aplicación sobre base imponible mensual:** las tablas operan sobre la renta líquida imponible del mes (sueldo bruto menos cotizaciones previsionales y deducciones legales), no sobre el sueldo bruto directo. - **Diferencia entre retención y liquidación anual:** estas retenciones son pagos provisionales mensuales que se ajustan en la operación renta de abril del año siguiente, donde puede resultar devolución o pago adicional. - **Responsabilidad del agente retenedor:** el empleador responde ante el SII por retenciones no efectuadas o mal calculadas, incluso si el error proviene de sistemas automatizados de remuneraciones que no se actualizaron. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga en abril 2021 un sueldo líquido imponible de 2.500.000 pesos (equivalente a 82,5 UF aproximadamente). Según la tabla de abril 2021, debe ubicar ese monto en el tramo correspondiente, aplicar la tasa marginal (por ejemplo, 8% sobre el exceso de 13,5 UF) y restar el factor de rebaja indicado en la tabla, resultando en una retención de aproximadamente 180.000 pesos. Si por error aplica la tabla de marzo, la retención será incorrecta porque los tramos y factores habrán variado por actualización de la UF y ajustes tributarios, generando diferencias que deberá regularizar mediante rectificatoria del F29 y ajuste al trabajador en liquidaciones posteriores.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de abril de 2021 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2021/circu17.pdf