Materia del circular
Circular N° 2 del 12 de Enero del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular 2 de 2021 fija oficialmente el valor de la Unidad de Fomento aplicable a las operaciones de crédito de dinero para el período comprendido entre el 10 de enero y el 9 de febrero de 2021. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas con contratos de crédito en UF, corredores de bolsa, contribuyentes con mutuo hipotecario o comercial en UF, y todos quienes deban registrar o informar operaciones crediticias denominadas en Unidades de Fomento durante enero-febrero 2021. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué valor de UF deben usar las operaciones de crédito en este período? → El valor oficial fijado por la Circular 2 para cada día entre el 10/01/2021 y el 09/02/2021. - ¿A qué tipo de operaciones aplica esta circular? → A todas las operaciones de crédito de dinero denominadas o reajustables en UF. - ¿Qué pasa si se usa un valor distinto al oficial? → La operación se considera mal registrada y puede generar diferencias tributarias fiscalizables. - ¿Dónde se publican estos valores oficiales? → En la Circular del SII, disponible en su sitio web y para consulta de contribuyentes e instituciones. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad del valor oficial:** los contribuyentes no pueden usar valores de UF distintos a los fijados por el SII para calcular intereses, dividendos o saldos de créditos durante este período. - **Aplica a todo tipo de crédito en UF:** incluye mutuos hipotecarios, créditos de consumo, comerciales, líneas de crédito y cualquier operación financiera reajustable en Unidades de Fomento. - **Diferencia con valores Banco Central:** aunque el Banco Central publica la UF diariamente, para efectos de operaciones de crédito rige el valor que el SII determina en esta circular específica para el período señalado. - **Riesgo de inconsistencias en sistemas:** instituciones que no actualicen sus plataformas con los valores oficiales pueden generar declaraciones juradas con montos incorrectos, exponiéndose a fiscalizaciones posteriores. **Ejemplo práctico:** Un banco otorga un crédito hipotecario de 3.000 UF el 15 de enero de 2021. Para calcular el dividendo mensual, registrar el saldo de capital y determinar los intereses devengados, debe utilizar el valor oficial de la UF fijado por la Circular 2 del SII para cada día del período entre el 10/01/2021 y el 09/02/2021. Si el banco usara valores distintos, por ejemplo obtenidos de fuentes no oficiales o con errores de redondeo, la declaración jurada de operaciones de crédito (formulario 1867) presentaría inconsistencias fiscalizables por el SII.
Resumen oficial SII
Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de enero de 2021 y el 9 de febrero de 2021, ambos inclusive.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2021/circu2.pdf