Materia del circular
Circular N° 43 del 05 de Julio del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Circular 43 instruye sobre las modificaciones que la Ley 21.210 introdujo a las exenciones de renta del artículo 17 N° 5, 6, 7 y 8 de la LIR, ampliando cobertura a seguros complementarios de salud, indemnizaciones por años de servicio con nuevos topes, seguros de desgravamen hipotecario y retiros de APV con exención parcial permanente. **¿A quién le importa esto?** Trabajadores dependientes e independientes que reciben indemnizaciones por término de contrato, beneficiarios de seguros de vida o salud, deudores hipotecarios con seguros de desgravamen, y afiliados a APV que retiran fondos bajo modalidades B o A con excepciones de cotización obligatoria. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Cuál es el nuevo tope exento para indemnizaciones por años de servicio? → 30 días de remuneración por año, hasta un máximo de 90 UF mensuales por año, con tope absoluto de 360 UF totales. - ¿Los seguros complementarios de salud están exentos de impuesto a la renta? → Sí, las prestaciones de seguros complementarios de salud contratados individual o colectivamente quedan exentas desde la Ley 21.210. - ¿Qué pasa con los retiros de APV modalidad B antes de pensión o fallecimiento? → Solo tributa el 85% del monto retirado; el 15% restante queda exento permanentemente como renta. - ¿Los seguros de desgravamen hipotecario para viviendas pagan impuesto? → No, quedan totalmente exentos de impuesto a la renta si cubren créditos hipotecarios destinados a adquisición o construcción de viviendas. **Lo que debes tener claro:** - **Indemnizaciones por años de servicio con doble tope:** la exención aplica solo hasta 30 días de remuneración por año trabajado, con tope mensual de 90 UF por año y tope global de 360 UF; cualquier exceso tributa como renta del trabajo. - **Ampliación de seguros de salud exentos:** antes solo aplicaba a seguros obligatorios; ahora incluye seguros complementarios individuales y colectivos, cubriendo ISAPRES, seguros privados y planes adicionales contratados por el empleador. - **Retiros anticipados de APV modalidad B con exención parcial permanente:** si se retira antes de pensionarse o fallecer, el 15% del monto queda exento para siempre; solo el 85% se grava como renta, incentivando el ahorro previsional voluntario. - **Vigencia retroactiva desde enero 2020:** las modificaciones rigen desde el 1 de enero de 2020, lo que permite rectificar declaraciones de renta 2020 y 2021 si se pagó impuesto sobre montos hoy exentos bajo las nuevas reglas. **Ejemplo práctico:** Un trabajador recibe indemnización por 10 años de servicio, con remuneración mensual de 2.000.000 de pesos. Bajo la nueva regla, tiene derecho a 30 días por año = 10 meses exentos , pero cada año está topado en 90 UF mensuales (aprox. 2.700.000 al valor 2021). Como su sueldo es menor, el tope no lo afecta. Recibe 20.000.000 totales; como no supera 360 UF (aprox. 10.800.000 al valor 2021), toda la indemnización queda exenta. Si hubiera recibido 15.000.000, el exceso sobre 10.800.000 (4.200.000) tributaría como renta.
Resumen oficial SII
Imparte instrucciones sobre las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.210, a los números 5, 6, 7 y 8 del artículo 17 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y lo dispuesto en el artículo vigésimo cuarto transitorio de la Ley N° 21.210.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2021/circu43.pdf