Circular N° 45 · RENTA · 12/07/2021

Circular 45/2021: tablas de retención de Segunda Categoría para agosto 2021

Materia del circular

Circular N° 45 del 12 de Julio del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Circular 45 del 12 de julio de 2021 establece las tablas de retención del Impuesto Único de Segunda Categoría vigentes para agosto 2021, determinando los tramos, tasas y factores de cálculo que empleadores deben aplicar sobre las rentas del trabajo dependiente. **¿A quién le importa esto?** Empleadores y pagadores de rentas del trabajo que actúan como agentes retenedores del Impuesto Único de Segunda Categoría, departamentos de remuneraciones, contadores que procesan nóminas y trabajadores dependientes sujetos a retención mensual. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Desde qué mes rigen las tablas de esta circular? → Desde agosto de 2021 para todas las rentas del trabajo dependiente pagadas o abonadas en cuenta. - ¿Qué deben actualizar los empleadores con esta circular? → Los tramos de renta, tasas marginales y factores de rebaja aplicables al cálculo de la retención mensual. - ¿Se aplica a todas las rentas de Segunda Categoría? → Sí, a todas las rentas del trabajo dependiente gravadas con Impuesto Único mensual según artículo 42 N°1 LIR. - ¿Qué pasa si el empleador no actualiza las tablas? → Retiene montos incorrectos, generando diferencias en la declaración anual y posibles multas por retenciones deficientes. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación de actualización mensual:** los empleadores deben verificar las tablas vigentes cada mes, ya que el SII las actualiza periódicamente mediante circulares para reflejar cambios en UTM y tramos de renta. - **Las tablas incluyen factores de rebaja:** además de las tasas por tramo, la circular especifica los montos fijos a rebajar por cada tramo de renta, indispensables para el cálculo correcto de la retención. - **Aplicación desde el primer día del mes:** las tablas de agosto 2021 se aplican a todas las remuneraciones pagadas o abonadas desde el 1 de agosto, incluso si la circular se publica durante julio. - **Responsabilidad del agente retenedor:** el empleador responde ante el SII por retenciones insuficientes o tardías, aunque el error provenga de sistemas de nómina desactualizados o proveedores externos. **Ejemplo práctico:** Una empresa paga a un trabajador 2.500.000 de pesos brutos en agosto 2021. Según las tablas de la Circular 45, ese monto cae en el tramo con tasa marginal de 8% y factor de rebaja de 50.000 pesos (valores ilustrativos). El empleador calcula: (2.500.000 × 0,08) - 50.000 = 150.000 pesos de retención. Si el empleador sigue usando las tablas de julio, con tramos o factores distintos, retendrá un monto erróneo, generando diferencias en la Operación Renta del año tributario siguiente.

Resumen oficial SII

Tablas de Impuesto único de Segunda Categoría para el mes de agosto de 2021 e información adicional relacionada con dicho tributo.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2021/circu45.pdf