Circular N° 64 · OTROS · 09/12/2021

Circular 64/2021: Valor UF oficial para contratos del 10-dic-2021 al 9-ene-2022

Materia del circular

Circular N° 64 del 09 de Diciembre del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Esta circular establece el valor oficial de la Unidad de Fomento que debe utilizarse en operaciones de crédito de dinero celebradas entre el 10 de diciembre de 2021 y el 9 de enero de 2022, conforme a la Ley 18.010 sobre operaciones de crédito. **¿A quién le importa esto?** Instituciones financieras, empresas de crédito, notarios, contribuyentes que celebren o ejecuten contratos de mutuo, créditos hipotecarios o cualquier operación de crédito de dinero pactada en UF durante el período señalado. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué período cubre esta circular? → Desde el 10 de diciembre de 2021 hasta el 9 de enero de 2022, ambos inclusive. - ¿Para qué tipo de operaciones aplica este valor UF? → Para todas las operaciones de crédito de dinero regidas por la Ley 18.010. - ¿Quién determina y publica este valor oficial? → El SII mediante circular mensual, basándose en el Banco Central de Chile. - ¿Qué pasa si se usa un valor UF diferente al publicado? → La operación puede ser objetada tributariamente y generar diferencias en reajustes e intereses. **Lo que debes tener claro:** - **Obligatoriedad del valor publicado:** las instituciones financieras y acreedores deben utilizar exclusivamente el valor UF fijado en esta circular para liquidar pagos, reajustes e intereses en operaciones de crédito durante el período. - **Base legal específica:** la Ley 18.010 exige que el SII publique mensualmente el valor UF aplicable a operaciones de crédito de dinero, sin importar si son bancarias, comerciales o entre particulares. - **Diferencia con otras publicaciones:** esta circular NO establece el valor UF para efectos tributarios generales (declaraciones, tasaciones), sino exclusivamente para contratos de crédito regidos por Ley 18.010. - **Consecuencia de descoordinación:** si un acreedor liquida dividendos usando valores UF de otra fuente durante este período, puede generar cobros incorrectos que deriven en reclamos del deudor o fiscalización del SERNAC. **Ejemplo práctico:** Un banco otorga un crédito hipotecario de 3.000 UF el 15 de diciembre de 2021, con primer dividendo vencido el 5 de enero de 2022. Para calcular el monto en pesos del dividendo (supongamos 25 UF ), debe utilizar el valor UF fijado en esta Circular 64/2021 para la fecha de pago correspondiente. Si la circular establece un valor de 30.500 pesos por UF para ese día, el dividendo será 25 × 30.500 = 762.500 pesos . Usar cualquier otro valor (como el publicado en prensa o sitios privados) invalidaría la liquidación para efectos de la Ley 18.010.

Resumen oficial SII

Operaciones de crédito de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de diciembre de 2021 y el 9 de enero de 2022, ambos inclusive.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/circulares/2021/circu64.pdf