Materia del oficio
Renta – actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 20 y art. 39 – Circular N° 47 de 1977
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII confirma que la Circular N° 47 de 1977, que establece instrucciones sobre rentas presuntas de los artículos 20 y 34 de la Ley de la Renta, mantiene plena vigencia tras la reforma tributaria y no ha sido derogada. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que tributan bajo regímenes de renta presunta (especialmente agricultores, transportistas y mineros), asesores tributarios que aplican instrucciones administrativas anteriores a la reforma, y empresas que necesitan claridad sobre la vigencia de criterios interpretativos históricos del SII. **Lo que resolvió el SII:** - ¿La Circular 47 de 1977 sigue vigente después de la reforma tributaria? → Sí, mantiene plena vigencia y sus instrucciones son aplicables. - ¿A qué contribuyentes afecta esta circular? → A quienes tributan bajo rentas presuntas de los artículos 20 y 34 de la LIR. - ¿Puede el SII cambiar o derogar esta circular en el futuro? → Sí, mediante una nueva circular o instrucción administrativa expresa. - ¿Qué hacer si hay dudas sobre su aplicación a un caso concreto? → Consultar formalmente al SII o revisar si circulares posteriores modificaron criterios específicos. **Lo que debes tener claro:** - **Vigencia confirmada expresamente:** el oficio responde a incertidumbre generada por la reforma tributaria, aclarando que la circular no fue derogada tácita ni expresamente. - **Aplicable solo a regímenes de renta presunta:** la circular rige para contribuyentes que determinan su renta según bases presuntas legales, no para quienes llevan contabilidad completa. - **Riesgo de instrucciones contradictorias:** aunque vigente, pueden existir circulares posteriores que modifiquen criterios específicos sin derogar formalmente la 47/1977, generando conflictos interpretativos. - **Importancia para planificación tributaria histórica:** contribuyentes que han aplicado esta circular por décadas pueden continuar haciéndolo con respaldo oficial, evitando cambios de criterio repentinos. **Ejemplo práctico:** Un agricultor que tributa bajo renta presunta del artículo 20 N° 1 de la LIR ha aplicado desde 1995 los criterios de la Circular 47/1977 para determinar sus rentas imponibles sobre el avalúo fiscal de sus predios agrícolas. Tras la reforma tributaria de 2014 y sus modificaciones posteriores, consulta si debe cambiar su metodología. El SII confirma que puede seguir aplicando la Circular 47/1977 sin modificaciones, salvo que una instrucción posterior específica haya alterado algún criterio puntual para su actividad.
Resumen oficial SII
Vigencia de la Circular N° 47 de 1977