Oficio N° 1591 · RENTA · 22/06/2021

Sobretasa del Impuesto Territorial no es deducible ni genera crédito contra el IDPC

Materia del oficio

Art. 20 N° 1 letra a) y c), Art. 31 N° 2, Art. 33 N° 1, Art. 21 inciso segundo y Art. 39 N° 3 – Ley 17.235, Artículo 7° bis – Circular N° 28 de 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La sobretasa del artículo 7° bis de la Ley 17.235 no puede utilizarse como crédito contra el Impuesto de Primera Categoría ni como gasto deducible de la renta líquida imponible, aplicándose únicamente las reglas generales del artículo 20 N° 1 letra c) de la LIR para el Impuesto Territorial base. **¿A quién le importa esto?** Propietarios de bienes raíces no agrícolas sujetos a la sobretasa del Impuesto Territorial del artículo 7° bis de la Ley 17.235, particularmente empresas con terrenos de gran avalúo fiscal que declaran renta efectiva según contabilidad completa. **Lo que resolvió el SII:** - ¿La sobretasa territorial del artículo 7° bis puede usarse como crédito contra el IDPC? → No, la sobretasa no genera derecho a crédito contra el Impuesto de Primera Categoría. - ¿La sobretasa es deducible como gasto de la renta líquida imponible? → No, la sobretasa no clasifica como gasto aceptado según el artículo 31 de la LIR. - ¿Qué tratamiento tiene el Impuesto Territorial base (sin sobretasa)? → El Impuesto Territorial normal sí puede usarse como crédito según artículo 20 N° 1 letra c) de la LIR. - ¿Qué empresas pagan esta sobretasa? → Propietarios de bienes raíces no agrícolas con avalúo fiscal superior a ciertos tramos definidos en la ley. **Lo que debes tener claro:** - **Diferencia crítica entre Impuesto Territorial base y sobretasa:** solo el componente regular del Impuesto Territorial (sin sobretasa) genera crédito contra IDPC o es deducible como gasto; la sobretasa del artículo 7° bis queda totalmente fuera de estos beneficios. - **Ninguna de las dos vías está disponible:** la sobretasa no puede tratarse ni como crédito (artículo 20 N° 1 letra c) ni como gasto necesario para producir la renta (artículo 31), cerrando ambas alternativas de planificación tributaria. - **Impacto en empresas con terrenos de alto avalúo:** sociedades dueñas de inmuebles no agrícolas con avalúos fiscales significativos enfrentan una carga tributaria adicional sin alivio fiscal, afectando directamente el flujo de caja sin reducir la base imponible. - **Riesgo de error en declaraciones:** contribuyentes pueden incorrectamente registrar la sobretasa como gasto deducible o crédito por analogía con el Impuesto Territorial normal, generando reparos del SII en fiscalizaciones posteriores. **Ejemplo práctico:** Una empresa comercial es propietaria de un terreno no agrícola con avalúo fiscal de 800.000.000 de pesos. Durante el año tributario 2021 paga 9.000.000 de pesos de Impuesto Territorial base más 2.500.000 de pesos de sobretasa según el artículo 7° bis. Al determinar su renta líquida imponible, la empresa puede usar los 9.000.000 de pesos del Impuesto Territorial base como crédito contra su IDPC, pero los 2.500.000 de pesos de sobretasa no generan crédito ni pueden rebajarse como gasto: deben pagarse íntegramente con cargo a las utilidades después de impuestos.

Resumen oficial SII

Utilización de la sobretasa de Impuesto Territorial establecida en el artículo 7° bis de la Ley N° 17.235 como crédito en contra del Impuesto de Primera Categoría

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=cc7b7624-671a-4e8b-90cf-def7ad265737&nombreDocumento=1591-22_06_2021.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf