Oficio N° 2414 · RENTA · 09/09/2021

Venta de cuota hereditaria de inmueble no tributa como habitual

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 17 N° 8 letras b) y f)

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La enajenación de una cuota de un bien raíz adquirido por sucesión por causa de muerte no constituye mayor valor afecto a impuesto si el heredero no ejerce habitualmente actividades de compraventa de inmuebles, aplicando la exención del artículo 17 N° 8 letra b) de la LIR. **¿A quién le importa esto?** Herederos que han recibido inmuebles por sucesión por causa de muerte y desean vender total o parcialmente su cuota hereditaria, especialmente aquellos sin actividad habitual de compraventa de propiedades. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Tributa el mayor valor en la venta de cuota de inmueble heredado? → No, si el heredero no ejerce habitualmente compraventa de bienes raíces. - ¿Qué norma exime esta operación? → El artículo 17 N° 8 letra b) de la LIR, que exime mayores valores en venta de inmuebles no habituales. - ¿Importa si se vende solo una cuota o el inmueble completo? → No, la exención aplica tanto a la venta total como parcial de la cuota hereditaria. - ¿Qué pasa si el heredero es corredor de propiedades? → Perdería la exención por ejercer habitualmente actividades de compraventa de inmuebles. **Lo que debes tener claro:** - **La habitualidad destruye la exención:** si el heredero se dedica profesional o habitualmente a comprar y vender inmuebles, el mayor valor quedará afecto a impuesto a la renta como ingreso ordinario. - **El origen sucesorio protege al heredero ocasional:** la adquisición por herencia combinada con una venta aislada califica típicamente como operación no habitual, permitiendo aplicar la exención del artículo 17 N° 8 letra b). - **Venta de cuota indivisa tiene mismo tratamiento:** no es necesario liquidar la comunidad hereditaria ni adjudicarse el bien completo para acceder a la exención; la venta directa de la cuota hereditaria goza del mismo beneficio. - **Carga de la prueba sobre habitualidad:** el SII puede fiscalizar y cuestionar la exención si detecta patrones de compraventa repetida, múltiples operaciones inmobiliarias o actividad empresarial encubierta del heredero. **Ejemplo práctico:** Una persona hereda junto a dos hermanos una casa avaluada en 180.000.000 de pesos, correspondiendo a cada uno una cuota de 60.000.000. Dos años después, vende su cuota en 85.000.000 de pesos, obteniendo un mayor valor de 25.000.000. Si esta persona trabaja como ingeniero y no se dedica a compraventa de inmuebles, el mayor valor queda exento bajo el artículo 17 N° 8 letra b). Excepción: si esa misma persona ha vendido en los últimos tres años otras cuatro propiedades, el SII podría calificarla como habitual y gravar los 25.000.000 como renta.

Resumen oficial SII

Tratamiento tributario de la enajenación de una cuota de un inmueble adquirido por sucesión por causa de muerte.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=5c313d36-629d-4ad1-8e72-d3d465b9ebf0&nombreDocumento=2414-09_09_2021.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf