Materia del oficio
Ley sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones – Ley N° 16.271 - Art. 2, Art. 46, letra c), Art. 50, Art. 51 – Código Tributario, Art. 53, Art. 126.
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Para que una transferencia no se considere donación afecta a impuesto, el contribuyente debe acreditar mediante documentación fehaciente que el transferente no tuvo ánimo de liberalidad, demostrando que existió una causa onerosa, gratuita no liberalizada o legal que justifique el traspaso patrimonial. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que reciben bienes o derechos a título gratuito y deben acreditar ante el SII que la transferencia no constituye donación tributaria, especialmente herederos, donatarios aparentes, y receptores de traspasos patrimoniales cuestionados por el Servicio. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué debe probar quien recibe un bien para que no tribute como donación? → Debe acreditar que el transferente no tuvo ánimo de liberalidad, demostrando causa onerosa, gratuita no liberal o legal. - ¿Qué significa ánimo de liberalidad según el artículo 51? → La intención del transferente de beneficiar gratuitamente al receptor sin recibir contraprestación equivalente. - ¿Qué pasa si el SII determina que hubo ánimo de liberalidad? → Liquida y gira el impuesto a las donaciones conforme al artículo 2° de la Ley 16.271. - ¿Sobre quién recae la carga de la prueba en fiscalizaciones? → Sobre el contribuyente receptor del bien, quien debe presentar documentación que respalde la ausencia de liberalidad. **Lo que debes tener claro:** - **La presunción legal favorece al SII:** toda transferencia gratuita se presume donación salvo que el contribuyente demuestre lo contrario con documentación contemporánea y fehaciente. - **No basta la declaración del transferente:** se requieren antecedentes objetivos como contratos, comprobantes de pago, relaciones comerciales previas o mandatos legales que justifiquen el traspaso sin liberalidad. - **Aplica tanto a bienes muebles como inmuebles:** el artículo 51 opera sobre cualquier incremento patrimonial a título gratuito, incluyendo dinero, acciones, derechos y bienes corporales. - **Riesgo de fiscalización retroactiva:** el SII puede revisar transferencias de hasta tres años previos y girar impuestos con intereses y reajustes si no se conservó respaldo documental adecuado desde el origen. **Ejemplo práctico:** Una persona recibe de su tío empresario un inmueble avaluado en 120.000.000 de pesos sin pagar precio. El SII fiscaliza y presume donación afecta a impuesto. Para evitar tributar, el receptor debe acreditar que el inmueble le fue transferido como pago de honorarios por servicios profesionales prestados durante dos años , presentando contratos firmados, facturas emitidas y correos que demuestren la relación comercial previa. Si solo presenta una carta del tío declarando que no fue donación, el SII puede desestimar la prueba, liquidar el impuesto sobre 120 millones y girar aproximadamente 7,2 millones de impuesto más reajustes.
Resumen oficial SII
Aplicación del artículo 51 de la Ley N° 16.271, de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones.