Oficio N° 534 · RENTA · 22/02/2021

Becas para terminar estudios sí son gasto tributario si mejoran el desempeño laboral

Materia del oficio

Renta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 31 inciso primero e inciso cuarto N° 7 – Circular N° 53 de 2020

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** Las becas otorgadas por el empleador para que trabajadores terminen enseñanza básica o media son deducibles como gasto necesario si se acredita que mejoran su desempeño en funciones actuales, no requieren relación directa con el giro pero sí con productividad. **¿A quién le importa esto?** Empresas que otorgan becas educacionales a sus trabajadores para completar estudios básicos o medios, particularmente aquellas que buscan mejorar competencias laborales y desean deducir estos gastos como necesarios para producir la renta. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Las becas para terminar estudios básicos o medios son gasto deducible? → Sí, si se acredita que mejoran el desempeño del trabajador en sus funciones actuales. - ¿Debe la beca relacionarse directamente con el giro de la empresa? → No necesariamente con el giro, pero sí con el mejor desempeño en las funciones específicas del trabajador. - ¿Qué dice la Circular 53 de 2020 sobre esto? → Establece que capacitación deducible es la que perfecciona al trabajador en actividades del empleador, no la orientada a cambio de actividad. - ¿Qué debe acreditar la empresa para deducir estas becas? → Que existe relación causal entre la educación completada y la mejora en productividad o desempeño laboral actual. **Lo que debes tener claro:** - **El vínculo con productividad es requisito esencial:** no basta otorgar la beca; debe demostrarse que completar estudios básicos o medios mejora el rendimiento del trabajador en sus tareas actuales. - **Diferencia con capacitación tradicional:** mientras la Circular 53/2020 exige que capacitación se vincule a actividades del empleador, las becas educacionales básicas califican si impactan desempeño, sin exigir relación directa con el giro empresarial. - **Riesgo de rechazo por falta de acreditación:** si la empresa no documenta cómo la educación básica o media impacta las funciones (ej: mejor comprensión lectora para operarios de máquinas con manuales técnicos), el SII puede rechazar la deducción. - **No aplica para estudios orientados a cambio de actividad:** si la beca prepara al trabajador para funciones distintas a las actuales o para abandonar la empresa, pierde el carácter de gasto necesario aunque sea educación básica. **Ejemplo práctico:** Una empresa de logística otorga becas a 15 operarios de bodega para completar enseñanza media, con costo total de 3.500.000 pesos. La empresa documenta que estos trabajadores deben leer instrucciones de seguridad, registrar inventarios digitalmente y seguir procedimientos escritos, tareas que mejoran significativamente al dominar matemática básica y comprensión lectora. La beca es deducible porque existe nexo causal acreditado entre la educación y el mejor desempeño en funciones actuales. Si en cambio la beca fuera para estudios universitarios orientados a que dejen la bodega y trabajen en administración, no sería deducible aunque mejore sus competencias generales.

Resumen oficial SII

Tratamiento tributario de becas para finalizar estudios como gastos necesarios para producir la renta.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=33c789e5-2618-4c77-8d09-410e1e7a2e04&nombreDocumento=534-22_02_2021.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf