Oficio N° 965 · IVA · 16/04/2021

Nota de crédito anula factura completa: rebaja crédito fiscal y permite nueva operación

Materia del oficio

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Ley sobre Impuesto a las – Art. 22, Art. 23, N°3 – Decreto Supremo N° 55, de 1977, Art. 38, Art. 43, N°1 y N°2.

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La emisión de una nota de crédito que anula completamente una factura obliga al comprador a rebajar el crédito fiscal utilizado y permite al vendedor emitir una nueva factura por la misma operación si esta se mantiene, ajustándose a los requisitos formales de emisión. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes vendedores y compradores que enfrentan anulaciones de facturas por errores de emisión, cambios en condiciones de venta o necesidad de corregir documentos tributarios, especialmente cuando ya se utilizó el crédito fiscal asociado. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué efecto tiene la nota de crédito que anula totalmente una factura? → Elimina completamente los efectos tributarios de la factura original, como si nunca se hubiera emitido. - ¿Debe el comprador ajustar el crédito fiscal ya utilizado? → Sí, debe rebajar el crédito fiscal en el mismo período en que lo utilizó mediante declaración rectificatoria. - ¿Se puede emitir nueva factura después de anular con nota de crédito? → Sí, si la operación comercial se mantiene vigente, se puede emitir nueva factura cumpliendo requisitos formales. - ¿Qué plazos aplican para estos ajustes? → La rebaja de crédito debe hacerse en el período de utilización; la nueva factura sigue plazos normales de emisión. **Lo que debes tener claro:** - **Anulación retroactiva completa:** la nota de crédito que anula el 100% de una factura elimina todos sus efectos tributarios desde el origen, no solo ajusta montos parciales. - **Obligación de rectificar declaraciones:** el comprador que usó el crédito fiscal debe presentar declaración rectificatoria del período en que lo imputó, rebajando ese monto y pagando diferencias con intereses si corresponde. - **Posibilidad de reemisión sin duplicidad:** el vendedor puede emitir nueva factura por la misma operación sin que se configure doble tributación, siempre que la transacción comercial efectivamente se concrete y cumpla requisitos formales de momento y forma. - **Riesgo de fiscalización por uso indebido:** la anulación seguida de reemisión puede ser observada si no existe justificación comercial válida o si se utiliza para diferir débitos fiscales artificialmente entre períodos. **Ejemplo práctico:** Una empresa emite factura por 10.000.000 de pesos más 1.900.000 de IVA en marzo, que el comprador utiliza como crédito fiscal ese mismo mes. En abril detectan un error en la descripción del servicio y emiten nota de crédito total. El comprador debe rectificar su declaración de marzo, rebajando los 1.900.000 de crédito y pagando la diferencia más intereses. Si la operación se mantiene, el vendedor puede emitir nueva factura correcta en abril por los mismos montos, generando débito fiscal en ese período.

Resumen oficial SII

Solita confirmar criterio sobre efectos de la emisión de nota de crédito.

Fuente oficial: https://www4.sii.cl/gabineteAdmInternet/descargaArchivo?acc=download&id=4a739e86-c0bd-4d8a-96c9-e9aba9059e77&nombreDocumento=0965-2021+GE+170.632+y+175.587+PARA+PUBLICAR.pdf&extension=pdf&mediaType=application%2Fpdf