Resolución Exenta N° 03 · OTROS · 12/01/2021

SII y Ministerio de Desarrollo Social colaboran intercambiando información tributaria

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 03 del 12 de Enero del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 03 de enero 2021 aprueba un convenio de colaboración que permite al SII compartir información tributaria con el Ministerio de Desarrollo Social y Familia para mejorar la focalización de programas y beneficios sociales. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que postulan a beneficios sociales administrados por el Ministerio de Desarrollo Social, profesionales de entidades públicas que gestionan programas de transferencias condicionadas, y asesores tributarios que orientan a beneficiarios de subsidios estatales. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué permite este convenio de colaboración? → Autoriza al SII a compartir información tributaria con el Ministerio de Desarrollo Social y Familia. - ¿Para qué se usará la información tributaria compartida? → Para focalizar y administrar beneficios sociales, verificar requisitos de postulación y mejorar políticas públicas. - ¿Qué tipo de datos tributarios se compartirán? → Información de declaraciones, ingresos, rentas, actividad económica y situación tributaria de contribuyentes. - ¿Afecta esto la confidencialidad de la información tributaria? → No se pierde la reserva legal: el intercambio se rige por normas de secreto y uso exclusivo institucional. **Lo que debes tener claro:** - **El intercambio es bidireccional pero asimétrico:** el SII entrega información tributaria detallada mientras el Ministerio comparte datos socioeconómicos del Registro Social de Hogares para validar condiciones de acceso a beneficios. - **Impacto en postulaciones a subsidios:** la información tributaria declarada (ingresos, actividades, rentas) será cruzada automáticamente con las bases del Ministerio, reduciendo la discrecionalidad y aumentando la detección de inconsistencias en postulaciones. - **No requiere autorización individual del contribuyente:** el convenio se sustenta en facultades legales de fiscalización del SII (artículo 8 bis Código Tributario) y en atribuciones del Ministerio para administrar el Registro Social de Hogares. - **Riesgo de rechazo por inconsistencias tributarias:** contribuyentes con declaraciones de renta que no coincidan con su perfil socioeconómico declarado ante el Ministerio pueden ver rechazados beneficios sociales aunque cumplan requisitos formales. **Ejemplo práctico:** Una familia postula al Subsidio Familiar (SUF) declarando ante el Ministerio de Desarrollo Social ingresos mensuales de 350.000 pesos. Sin embargo, el titular presentó en abril 2020 una declaración de renta que refleja ingresos anuales por 9.600.000 pesos (800.000 mensuales) por arriendos no declarados al Ministerio. Gracias al convenio, el Ministerio recibe automáticamente la información tributaria del SII, detecta la inconsistencia y rechaza el subsidio. Antes del convenio, esta verificación cruzada dependía de fiscalizaciones manuales esporádicas.

Resumen oficial SII

Aprueba Convenio de Colaboración entre Ministerio De Desarrollo Social y Familia y el Servicio de Impuestos Internos.

Contenido del resolución exenta

Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso3.pdf