Resolución Exenta N° 07 · IVA · 22/01/2021

Notarios y conservadores deben informar electrónicamente al SII sobre bienes raíces

Materia del resolución exenta

Resolución Exenta SII N° 07 del 22 de Enero del 2021

Análisis Ancelovici & Trucco

**En una línea:** La Resolución Exenta N° 07 establece la obligación de notarios, conservadores de bienes raíces y contribuyentes de enviar electrónicamente al SII información sobre propiedades para la determinación del impuesto territorial y su sobretasa. **¿A quién le importa esto?** Notarios públicos, conservadores de bienes raíces, y contribuyentes propietarios de inmuebles que realicen operaciones o tengan modificaciones en la situación jurídica o física de sus propiedades afectas a impuesto territorial. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué información deben enviar notarios y conservadores al SII? → Datos sobre inscripciones, transferencias, hipotecas y modificaciones jurídicas de bienes raíces que afecten la base imponible del impuesto territorial. - ¿Por qué medio se debe entregar esta información? → Exclusivamente por medios electrónicos establecidos por el SII, eliminando la opción de entrega física o papel. - ¿Desde cuándo rige esta obligación electrónica? → Desde el 22 de enero de 2021, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 07. - ¿Qué pasa si un notario o conservador no informa electrónicamente? → Incumple una obligación tributaria formal que puede derivar en multas y sanciones del Código Tributario. **Lo que debes tener claro:** - **Obligación permanente y automática:** cada vez que se produce una transferencia, inscripción o modificación registral de un bien raíz, el notario o conservador debe informar al SII sin necesidad de requerimiento previo. - **Incluye tanto contribuyentes como auxiliares de la administración:** no solo notarios y conservadores están obligados; los propietarios también deben informar cambios físicos o mejoras que afecten el avalúo fiscal. - **Impacto directo en la determinación del impuesto territorial:** esta información alimenta directamente la base de datos que el SII usa para calcular contribuciones de bienes raíces y la sobretasa del artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto Territorial. - **Riesgo de inconsistencias:** si un conservador inscribe una compraventa pero no informa electrónicamente, el SII puede detectar la discrepancia al cruzar datos con otras fuentes y aplicar fiscalizaciones o ajustes de oficio al avalúo. **Ejemplo práctico:** Un notario autoriza el 15 de marzo de 2021 la compraventa de una casa en Las Condes por 180.000.000 de pesos. El conservador inscribe la transferencia el 22 de marzo. Bajo la Resolución Exenta N° 07, tanto el notario como el conservador deben enviar electrónicamente al SII los datos de la operación (identificación del inmueble, rol de avalúo, precio, partes, fecha de inscripción) dentro del plazo que fije la resolución. Si el conservador no informa, el SII puede detectar la omisión al recibir la declaración de impuesto territorial del nuevo propietario y aplicar multa por incumplimiento de obligación formal.

Resumen oficial SII

Regula obligación de entregar por medios electrónicos información relativa a bienes raíces por parte de notarios, conservadores y contribuyentes en relación con la determinación del impuesto territorial y sobretasa.

Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso7.pdf