Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 09 del 28 de Enero del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** La Resolución Ex. N° 09 modifica la fecha de entrada en vigencia de la obligación de informar transferencias de acciones y derechos sociales establecida en la subletra e) de la letra E) de la Resolución Ex. N° 176 de diciembre 2020, otorgando más tiempo a los contribuyentes para cumplir este nuevo deber formal. **¿A quién le importa esto?** Sociedades anónimas, sociedades por acciones, sociedades de responsabilidad limitada y otras entidades que realizan o intermedian transferencias de acciones y derechos sociales, especialmente aquellas que debían comenzar a reportar estas operaciones al SII desde enero de 2021. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué obligación se prorroga con esta resolución? → La obligación de informar al SII las transferencias de acciones y derechos sociales establecida en la subletra e) de la Resolución Ex. N° 176/2020. - ¿Cuál era la fecha original de entrada en vigencia? → Enero de 2021, según lo dispuesto en la Resolución Ex. N° 176 del 31 de diciembre de 2020. - ¿A quiénes afecta esta prórroga? → A todas las entidades obligadas a reportar transferencias de acciones y derechos sociales bajo la normativa original. - ¿Quedan sin efecto las demás obligaciones de la Resolución N° 176? → No, solo se modifica la fecha de vigencia de la subletra e); las demás obligaciones mantienen sus plazos originales. **Lo que debes tener claro:** - **Prórroga administrativa, no exención:** la obligación de informar transferencias de acciones sigue vigente, solo se posterga su fecha de entrada en vigor, por lo que las entidades deben prepararse para cumplirla en el nuevo plazo. - **Alcance limitado de la modificación:** esta resolución afecta únicamente la subletra e) de la letra E) de la Resolución N° 176/2020, manteniendo intactas todas las demás obligaciones de información contenidas en dicha normativa. - **Contexto de implementación tecnológica:** la prórroga responde típicamente a la necesidad de que contribuyentes y el SII ajusten sus sistemas informáticos para el correcto reporte de estas operaciones de alta complejidad. - **Riesgo de confusión sobre qué reportar:** algunos contribuyentes pueden interpretar erróneamente que todas las obligaciones de la Resolución N° 176 fueron prorrogadas, cuando solo aplica a las transferencias de acciones y derechos sociales. **Ejemplo práctico:** Una sociedad anónima cerrada que realizó 15 transferencias de acciones durante enero de 2021 debía reportarlas al SII según la Resolución N° 176/2020. Con la Resolución N° 09/2021, esta obligación se prorroga, permitiendo a la sociedad preparar sus sistemas de reporte sin incurrir en incumplimiento durante el período de transición. Sin embargo, las demás obligaciones de información de la Resolución N° 176 (como reportes de socios o accionistas) mantienen sus plazos originales y deben cumplirse normalmente.
Resumen oficial SII
Modifica la fecha de entrada en vigencia de la obligación contenida en la subletra e) de la letra E) de la Resolución Ex. SII N° 176 de fecha 31.12.2020, en los términos que indica.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso9.pdf