Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 11 del 04 de Febrero del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** Se extiende hasta el 30 de abril de 2021 el plazo para presentar la declaración jurada (Formulario 1921) sobre enajenación de entidades extranjeras con activos subyacentes en Chile realizadas durante el año comercial 2020, complementando la Resolución 119 de septiembre 2020. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes chilenos que durante el año comercial 2020 enajenaron acciones, derechos o participaciones en entidades constituidas, domiciliadas o residentes en el extranjero que poseen activos subyacentes situados en Chile, obligados a declarar estas operaciones mediante Formulario 1921. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Hasta cuándo se puede presentar el Formulario 1921 por operaciones 2020? → Hasta el 30 de abril de 2021, según esta resolución complementaria. - ¿Qué operaciones deben declararse en este formulario? → Enajenaciones de participaciones en entidades extranjeras con activos subyacentes en Chile. - ¿Qué resolución establece la obligación original de declarar? → La Resolución Exenta N° 119 del 28 de septiembre de 2020. - ¿Esta prórroga modifica los requisitos de información a declarar? → No, solo extiende el plazo de presentación sin alterar el contenido requerido. **Lo que debes tener claro:** - **Prórroga automática sin trámite adicional:** todos los obligados por la Resolución 119/2020 cuentan automáticamente con el nuevo plazo hasta el 30 de abril, sin necesidad de solicitar extensión individual. - **Aplica exclusivamente a operaciones del año comercial 2020:** la extensión rige solo para enajenaciones realizadas durante 2020; operaciones de años posteriores tienen sus propios plazos según normativa vigente. - **No libera de la obligación sustantiva:** el cambio de plazo no elimina ni reduce el deber de informar la enajenación ni los antecedentes requeridos en el Formulario 1921 original. - **Riesgo de confundir con plazos de operación anual:** esta declaración jurada tiene vencimiento especial (30 de abril) distinto al de la declaración de renta de abril, pudiendo generar omisiones si se asume que ambos plazos coinciden. **Ejemplo práctico:** Un contribuyente chileno vendió en octubre de 2020 el 40% de su participación en una sociedad panameña dueña de un edificio de oficinas en Santiago valorizado en 2.500.000.000 de pesos. Originalmente debía presentar el Formulario 1921 antes del plazo establecido en la Resolución 119/2020, pero con esta complementaria cuenta hasta el 30 de abril de 2021 para declarar la operación, detallando monto de enajenación, activos subyacentes chilenos y antecedentes de la entidad extranjera.
Resumen oficial SII
Complementa Resolución Ex. 119 del 28.09.2020 que establece la obligación de presentar declaración jurada sobre enajenación de entidades extranjeras con activos subyacentes en Chile por medio de formulario N° 1921
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso11.pdf