Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 114 del 07 de Octubre del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII incorpora a INGE Sociedad Anónima de garantía recíproca en la nómina oficial de entidades autorizadas para recibir y administrar la carpeta tributaria electrónica de contribuyentes por mandato. **¿A quién le importa esto?** Contribuyentes que operan con INGE S.A. de garantía recíproca y requieren delegar la gestión de su información tributaria digital, particularmente pequeñas y medianas empresas que usan sus servicios de garantía y asistencia financiera. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué facultad obtiene INGE S.A. de garantía recíproca con esta resolución? → Puede recibir y administrar la carpeta tributaria electrónica de contribuyentes que le otorguen mandato expreso. - ¿Qué es la carpeta tributaria por mandato? → Es la autorización que un contribuyente otorga a una entidad para acceder a su información tributaria digital en el SII. - ¿Desde cuándo rige esta autorización para INGE S.A.? → Desde el 7 de octubre de 2021, fecha de publicación de la Resolución Exenta N° 114. - ¿El contribuyente debe hacer algo adicional para que INGE acceda a su carpeta? → Sí, debe otorgar mandato expreso a través del sistema del SII autorizando a INGE específicamente. **Lo que debes tener claro:** - **Incorporación a nómina oficial del SII:** INGE S.A. se suma al listado de entidades habilitadas, lo que implica que cumple requisitos de seguridad y confidencialidad exigidos por el servicio. - **Requiere mandato expreso del contribuyente:** la sola inclusión de INGE en la nómina no otorga acceso automático; cada contribuyente debe autorizar expresamente mediante el sistema de mandatos electrónicos del SII. - **Alcance de la carpeta tributaria:** incluye declaraciones, certificados, situación tributaria, timbres electrónicos y toda la documentación digital del contribuyente ante el SII. - **Riesgo de delegación sin control:** los contribuyentes deben verificar periódicamente qué mandatos tienen vigentes y revocarlos cuando la relación con INGE termine, evitando accesos no deseados a información sensible. **Ejemplo práctico:** Una PYME dedicada al comercio minorista tiene una línea de garantía con INGE S.A. para respaldar créditos bancarios. Para agilizar la evaluación de su situación tributaria, la empresa otorga mandato a INGE a través del portal del SII. A partir de ese momento, INGE puede descargar sus declaraciones de IVA, certificados de situación tributaria y F29 directamente desde la carpeta tributaria, sin que la PYME deba enviar documentos manualmente. Si la empresa termina su relación con INGE, debe ingresar al SII y revocar expresamente este mandato para que INGE pierda el acceso.
Resumen oficial SII
Incorpórase a INGE Sociedad Anónima de garantía recíproca, en la nómina de entidades para ser receptora de la Carpeta Tributaria por mandato.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Asistencia al Contribuyente.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso114.pdf