Materia del resolución exenta
Resolución Exenta SII N° 117 del 14 de Octubre del 2021
Análisis Ancelovici & Trucco
**En una línea:** El SII y el Servicio de Tesorerías establecen un convenio formal que autoriza el intercambio recíproco de información de contribuyentes para mejorar la fiscalización, gestión de deudas y control tributario, sin necesidad de solicitudes caso a caso. **¿A quién le importa esto?** Todos los contribuyentes, especialmente aquellos con deudas tributarias, procesos de devolución de impuestos, o que realizan trámites ante Tesorería, cuyos datos financieros y tributarios serán compartidos automáticamente entre ambos servicios. **Lo que resolvió el SII:** - ¿Qué autoriza este convenio entre SII y Tesorería? → El intercambio automático y recíproco de información de contribuyentes para fiscalización, gestión de deudas y control tributario. - ¿Necesitan los servicios autorización caso a caso para compartir datos? → No, el convenio establece flujos permanentes sin requerir solicitudes individuales por cada intercambio. - ¿Qué tipo de información pueden compartir? → Datos tributarios, financieros, de deudas fiscales, pagos, devoluciones y cualquier información relevante para ambas instituciones. - ¿Los contribuyentes deben autorizar este intercambio? → No, el convenio opera por facultades legales de ambos servicios sin consentimiento previo del contribuyente. **Lo que debes tener claro:** - **Intercambio automático sin conocimiento previo:** los contribuyentes no serán notificados cada vez que sus datos sean compartidos entre SII y Tesorería, lo que amplía significativamente la capacidad de fiscalización cruzada. - **Mejora la detección de inconsistencias:** Tesorería puede alertar al SII sobre pagos o movimientos que no concuerdan con declaraciones, y viceversa, aumentando el riesgo de fiscalización para quienes presenten información contradictoria. - **Impacto en devoluciones y compensaciones:** el SII podrá conocer en tiempo real las deudas con Tesorería antes de procesar devoluciones de impuestos, facilitando retenciones o compensaciones automáticas. - **Base legal amplia:** ambos servicios tienen facultades legales para compartir información bajo el Código Tributario y sus leyes orgánicas, por lo que este convenio formaliza prácticas que ya tenían respaldo normativo pero eran menos sistemáticas. **Ejemplo práctico:** Una empresa solicita devolución de IVA exportador por 15.000.000 de pesos al SII. Antes del convenio, el SII procesaba la devolución sin verificar automáticamente si existían deudas con Tesorería. Con el convenio vigente, Tesorería informa al SII que la misma empresa mantiene 8.500.000 de pesos en contribuciones municipales impagas. El SII puede retener o compensar automáticamente parte de la devolución, o al menos priorizar la fiscalización de esa empresa por inconsistencia entre su situación de exportador activo y morosidad en obligaciones básicas.
Resumen oficial SII
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio de Tesorerías y el Servicio de Impuestos Internos.
Contenido del resolución exenta
Fuente: Subdirección de Gestión Estratégica y Estudios Tributarios.
Fuente oficial: https://www.sii.cl/normativa_legislacion/resoluciones/2021/reso117.pdf